Reducen las penas a armados

Por mayoría de 92 votos, sin discusión y con aplausos, fue aprobada ayer la reforma que la bancada del PAN presentó a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos en la Cámara de Senadores que disminuye las penas para quienes usen y porten armas de uso exclusivo del Ejercito, Armada o Fuerza Aérea Mexicana.

La minuta aprobada disminuye los mínimos contenidos en la Ley, de cinco a tres años de prisión a quien sin el permiso correspondiente porte un arma de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea: Revólveres calibre .357 Magnum y los superiores a .38 Especial, Pistolas calibre 9 mm. Parabellum, Luger y similares, las .38 Super y Comando, y las de calibres superiores, sin permiso.

En el caso de poseerlas la pena pasó de dos a siete años para quedar de uno a siete años y de veinte a cien días multa.

Y disminuye además de diez a cuatro años de prisión cuando se trata de cualquiera de las otras armas comprendidas en el artículo 11 de la Ley de Armas de Fuego; en tanto que por el delito de posesión pasó de cuatro a 12 años, para quedar de dos a doce años y de cincuenta a doscientos días de multa.

"La reforma no pretende dejar al margen de la ley a quienes posean ni porten armas de manera irregular, es decir sin el permiso correspondiente, sino reconsiderar algunos casos específicos en los que, dada la tradición que existe...

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