Acuerdo e Instrumento Rector de Desarrollo Urbano Denominado 'programa de Desarrollo Urbano de Chandiablo', Perteneciente al Municipio de Manzanillo, Colima

Fecha de disposición12 Septiembre 2009
Fecha de publicación12 Septiembre 2009
SecciónAnexos
Número de Gaceta43

ACUERDOE INSTRUMENTO RECTOR DE DESARROLLO URBANO DENOMINADO "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE CHANDIABLO", PERTENECIENTE AL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA.

JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D O SPRIMERO.-

Que mediante oficio número 01.459/09, de fecha 28 de agosto del año 2009, y recibido en la Dirección General de Gobierno el día 2 de septiembre del mismo año, el Secretario de Desarrollo Urbano solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del Instrumento Rector de Desarrollo Urbano denominado "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE CHANDIABLO", perteneciente al Municipio de Manzanillo, Colima, el cual es promovido por el mismo Ayuntamiento.

SEGUNDO.-

Que el H. Cabildo Constitucional de Manzanillo, Col., en Sesión de Cabildo celebrada el día 11 de agosto del año 2009, aprobó el "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE CHANDIABLO", perteneciente al Municipio de Manzanillo, Colima, según se asienta en la certificación del Acta de Cabildo, expedida el mismo día, por el encargado del despacho de la Secretaría del H. Ayuntamiento Constitucional de Manzanillo, Colima, misma que se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el C. Ing. Eduardo Gutiérrez Navarrete, Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE CHANDIABLO", perteneciente al Municipio de Manzanillo, Colima, según consta en el documento que remite para su publicación.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE CHANDIABLO", perteneciente al Municipio de Manzanillo, Colima.

En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE CHANDIABLO", perteneciente al Municipio de Manzanillo, Colima, mismo que fue aprobado en Sesión de Cabildo celebrada el día 11 de agosto del año 2009.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVOPor lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día dos de septiembre del año dos mil nueve.

Atentamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS. Rúbrica. LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, LICDA. YOLANDA VERDUZCO GUZMÁN. Rúbrica. EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ING. EDUARDO GUTIÉRREZ NAVARRETE. Rúbrica.

H. AYUNTAMIENTO DE MANZANILLO, COLIMA.

PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE CHANDIABLO, MANZANILLO.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 51
Artículo 1° El Programa de Desarrollo Urbano de Chandiablo se deriva del Sistema Estatal de Planeación para el Desarrollo Urbano señalado en la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, como un programa para centro de población considerado como básico de la planeación, y que aplica para la superficie que comprende el Ejido Punta de Agua de Chandiablo.
Artículo 2° El Programa de Desarrollo Urbano de Chandiablo es un instrumento base de la planeación que tiene por objeto:

* Facilitar un instrumento que atienda y disponga los criterios y lineamientos en materia de desarrollo urbano para el Ejido de Punta de Agua de Chandiablo, en particular, las obras y acciones de mejoramiento urbano que requiere la localidad por el empuje del crecimiento de la zona norte del área urbana de Manzanillo;

* Prever las obras de equipamiento e infraestructura que requiere la superficie del Ejido Punta de Agua de Chandiablo, que demanda a la zona el crecimiento urbano de la Ciudad de Manzanillo; y,

* Programar las acciones y obligaciones de los diferentes sectores que se derivan de la demanda de suelo urbano y el interés de la utilización de suelo que ofrece la zona del Ejido Punta de Agua de Chandiablo.

Artículo 3° Para la interpretación del presente documento se entiende por:
  1. Cabecera.- El área urbana formada por la Cabecera Ejidal de Chandiablo.

  2. Ciudad de Manzanillo.- El Centro de Población de Manzanillo, su área urbana y las respectivas áreas de reserva urbana que señala su Programa de Desarrollo Urbano III. Consejo.- El Consejo Consultivo de Desarrollo Urbano de Manzanillo IV. D.O.F.- Diario Oficial de la Federación V. Dependencia.- La Dirección General de Desarrollo Urbano municipal.

  3. Ejido.- El Ejido Punta de Agua de Chandiablo VII. INEGI.- El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática VIII. Ley.- La Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima IX. Ley Ambiental.- La Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Colima X. Ley General.- La Ley General de Asentamientos Humanos XI. Municipio.- El Municipio de Manzanillo, Colima XII. msnm.- altitud en metros sobre el nivel del mar XIII. P.O.E.C.- Periódico Oficial "El Estado de Colima" XIV. Programa.- El Programa de Desarrollo Urbano de Chandiablo XV. R.A.N.- El Registro Agrario Nacional delegación Colima XVI. Reglamento.- El Reglamento de Zonificación para el Estado de Colima

Artículo 4° Son leyes, reglamentos, programas y normas directrices y complementarias al Programa los siguientes:

* La Ley General de Asentamientos Humanos;

* La Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima;

* La Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Colima;

* El Reglamento de Zonificación para el Estado de Colima;

* El Sistema Normativo de Equipamiento Urbano de la SEDESOL;

* La Guía metodológica para la elaboración de planes o programas de desarrollo urbano de la SEDESOL;

* El Plan Estatal de Desarrollo de Colima, 2005 - 2009; y,

* El Programa de Desarrollo Urbano de Colima, Visión 2030.

Artículo 5° Son Objetivos Generales del Programa los siguientes:
  1. Elevar la calidad de vida de los habitantes del Municipio de Manzanillo, con la implementación de un instrumento de planeación que prevea estrategias y acciones urbanas para el Centro de Población de Chandiablo y sus alrededores;

  2. Definir con base en el sistema ambiental las áreas y zonas de aprovechamiento y restrictivas para la superficie del Ejido Punta de Agua de Chandiablo;

  3. Determinar los usos y destinos del suelo para el ejido, estableciendo las áreas de crecimiento urbano, las áreas de mejoramiento urbano, las normas de control para la edificación, los grupos de actividades y giros, y las compatibilidades para los mismos usos y destinos; y, IV. Potenciar las actividades económicas en el territorio de Chandiablo, sumando la superficie a la inercia de desarrollo del Municipio de Manzanillo.

Artículo 6° La delimitación del Área de Aplicación del programa es la que corresponde a la superficie del Ejido, de 38.37 km 2

(3,837-48-17 hectáreas), y está delimitado al norte por el Ejido de Veladero de Camotlán y El Huiscolote, al este por el Ejido Punta de Agua de Camotlán, la sur por el Ejido Abelardo L. Rodríguez, y al oeste por el Ejido de La Lima. Altitud: 180 msnm. Localización del centro de población en coordenadas UTM: Y = 2'123,285 y X = 569,840. Localización del centro de población en coordenadas geodésicas: N = 19°12'12" y E = 104°20'06" (conforme cartas del INEGI)

CAPÍTULO II Artículos 7 a 19

OBJETIVOS

Artículo 7° Los objetivos específicos para la planeación urbana son:
  1. Instrumentar el Programa de Desarrollo Urbano de Chandiablo con el fin de mejorar la calidad de vida de los habitantes de la localidad y del contexto;

  2. Proveer canales y mecanismos para evaluar el seguimiento de la aplicación del instrumento, y fortalecer las gestiones de implementación;

  3. Tener criterios sólidos para la organización espacial del territorio jerarquizando los elementos de la estructura urbana de la localidad;

  4. Prever las atenciones para fortalecer el equilibro de los aspectos ambientales, económicos y sociales durante el aprovechamiento urbano del territorio;

  5. Coadyuvar con los instrumentos de planeación de nivel superior y similar para lograr un mejor desarrollo urbano de la entidad; y, VI. Sentar las normas y criterios para las gestiones para la transformación de suelo rústico a urbano a través de los respectivos programas parciales de urbanización.

Artículo 8° Los objetivos específicos para suelo urbano son:
  1. Puntualizar los polígonos de conservación, crecimiento y mejoramiento dentro del área de aplicación, y las políticas en material ambiental y urbana a los que se sujetan;

  2. Establecer los límites de la cabecera ejidal y convertirla en una zona de mejoramiento urbano, para la programación de obras de infraestructura, la dotación del equipamiento y las acciones para el abasto de servicios y regularización de predios;

  3. Habilitar a mediano y largo plazo 211 hectáreas de suelo urbano para usos habitacionales principalmente, con las obras y servicios necesarios...

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