Respuestas a los comentarios recibidos durante el plazo de consulta pública del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-029-SCT2/2010, Especificaciones para la construcción y reconstrucción de recipientes intermedios para graneles (RIG), destinados al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos, publicado el 28 de enero de 2011
Fecha de disposición | 28 Enero 2011 |
Fecha de publicación | 10 Agosto 2011 |
Emisor | SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. FELIPE DUARTE OLVERA, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en lo dispuesto en los artículos; 36 fracciones I y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 38 fracción II, 47 fracción III y 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 6o. fracciones X y XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y demás ordenamientos jurídicos que resulten aplicables, tengo a bien ordenar la publicación de las respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-029-SCT2/2010, "Especificaciones para la construcción y reconstrucción de recipientes intermedios para graneles (RIG), destinados al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2011.
Una vez que los comentarios fueron estudiados y discutidos por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT), en su segunda sesión ordinaria celebrada el 28 de junio de 2011, se resolvió la respuesta a cada uno de los comentarios recibidos, y a través de este documento se emiten las respuestas a los mismos, tal como lo marca la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Ciudad de México, Distrito Federal, a veintinueve de julio de dos mil once.- El Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, Felipe Duarte Olvera.- Rúbrica.
RESPUESTAS A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS DURANTE EL PLAZO DE CONSULTA PUBLICA DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-029-SCT2/2010, ESPECIFICACIONES PARA LA CONSTRUCCION Y RECONSTRUCCION DE RECIPIENTES INTERMEDIOS PARA GRANELES (RIG), DESTINADOS AL TRANSPORTE DE SUBSTANCIAS, MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 2011
PROMOVENTE | DESCRIPCION DEL COMENTARIO | RESPUESTA | RESOLUCION |
Ing. Adolfo Ibáñez Gallardo. Director General de Envases y Laminados, S.A. de C.V. Correo electrónico de 24-marzo-2011. | Sección 9 ENSAYOS (PRUEBAS), CERTIFICACION E INSPECCION. 9.1 No están claramente establecidos los RIG's Nuevos (Construidos), Reconstruidos y Reparados. Se sugiere establecer las Definiciones que se muestran en el Volumen 1 del Capítulo 1.2 de la última edición 16ava. de las Recomendaciones Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas, citando: 1.- Recipientes Intermedios para Graneles (RIG). 2.- RIG Reconstruidos, metálicos y de plástico rígido o compuestos. 3.- RIG Reparados, metálicos y de plástico rígido o compuestos. 4.- Mantenimiento Rutinario de un RIG flexible. | El Proyecto de la NOM-029-SCT2/2010, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2011, en el apartado 4, se establecen las siguientes Definiciones: Mantenimiento rutinario de un RIG flexible.- La ejecución sobre RIG flexibles de plástico o textil, de operaciones ordinarias tales como: a) Limpieza; b) Sustitución de componentes no integrales, tales como revestimientos o cierres, por componentes conforme a las especificaciones originales del constructor, siempre que esas operaciones no afecten de modo adverso a la función de contención del RIG flexible ni alteren el modelo tipo. Mantenimiento rutinario de un RIG rígido.- La ejecución sobre RIG metálicos, de plástico rígido o compuesto, de operaciones ordinarias tales como: a) Limpieza; b) La supresión y reinstalación o sustitución de los cierres sobre el cuerpo (incluidas las juntas asociadas) o del equipo de servicio, de conformidad con las especificaciones originales del constructor, siempre que se verifique la estanqueidad del RIG; | Aprobado por consenso del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre. |
c) La reparación de los elementos estructurales siempre que no realicen directamente, funciones de construcción de materiales peligrosos o una función de mantenimiento de una presión de vaciado de tal manera que el RIG sea de nuevo conforme al modelo |
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