Tiempo de Negocios / Celulares porque se les reconozca al envío de mensajes cortos como servicio de valor agregado

AutorDarío Celis Estrada

Si bien Iusacell, Unefon y Telcel ya interconectaron sus respectivas redes para permitir el envío de mensajes cortos, aún queda pendiente el reconocimiento de la clase de servicio que se está prestando al público usuario.

El consumidor, en esencia, no debería verse afectado por la discusión que actualmente existe entre la autoridad, léanse la SCT de Pedro Cerisola, y la SHCP de Francisco Gil Díaz, y las mismas compañías telefónicas que dan el servicio.

Como es sabido, hay de por medio una resolución de la Cofetel en la que se establece que los mensajes cortos no es otra cosa que tráfico público conmutado, por lo que cae en una de las causales de la Ley Federal de Derechos.

Implica que las firmas que dirigen Gustavo Guzmán, Adrián Steckel y Daniel Hajj, tendrían que pagar más contribuciones, adicionales al ISR, IVA, IEPS y el cinco por ciento sobre ingresos brutos que preve la Ley de Aprovechamientos.

Las empresas de telefonía celular accedieron a conectar sus redes como muestra de su buena voluntad y para hacer masivo un servicio que ya es muy común en otras latitudes del planeta. Pero no están dispuestas a pagar más impuestos.

En su lógica el envío de mensajes cortos debe considerarse servicios de valor agregado, por lo que no debieran causar nuevas contribuciones al fisco, más allá de los referidos impuestos que están obligados a pagar.

Sin embargo la Ley de Derechos en su artículo 244-A explica que causan derechos cuando se trate de nuevas concesiones, de la renovación de una concesión existente o de nuevos servicios adicionales que se deriven de la misma concesión.

Las compañías ya se están amparando contra los actos de autoridad. Ahora queda por ver quién tiene la razón. Desde una perspectiva clara, es la Cofetel la que está en lo correcto: debe considerar tráfico público conmutado.

Y es por una sencilla razón: hay de por medio la interconexión de redes. Enviar un mensaje corto de un celular a otro equivale a llamar de un celular a otro celular. En ningún momento nadie reconoce esto último como un servicio de valor agregado.

Es comprensible que las compañías telefónicas estén molestas y rechacen la posibilidad de tener que pagar más impuestos, pero también es verdad que las autoridades están en lo suyo al defender su postura.

En caso de que se impusiera la autoridad, los analistas ven poco probable que las telefónicas trataran de repercutirle al usuario el costo de ese impuesto. Iusacell, Unefon y Telcel acordaron una tarifa de 85...

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