Recinto Fiscalizado Estratégico, nuevas oportunidades de negocios

AutorRodrigo Hiram García Soto
CargoSocio Intrade Consultores
Páginas24-26

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Como hemos visto en los últimos años, la actividad de manufactura en México ha sido desplazada por países, principalmente asiáticos, que ofrecen un sinnúmero de ventajas a inversionistas extranjeros. En respuesta a esta situación y con la finalidad de elevar la competitividad y capacidad exportadora de las empresas de nuestro país, a principios de 2003, el Gobierno Federal mediante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, estableció un nuevo régimen aduanero denominado Recinto Fiscalizado Estratégico (RFE),1 que podemos considerar como un mecanismo de apoyo en las operaciones de comercio exterior de las empresas que operan en México, así como aquellas empresas exportadoras de otros países.

La intención de este artículo, es darles a conocer las principales particularidades del régimen aduanero denominado RFE, como instrumento de apoyo, además de los beneficios y ventajas que pudieran representar para sus operaciones de comercio exterior, ya que, actualmente, el dinamismo de las prácticas comerciales internacionales nos lleva a replantear, constantemente, nuestros esquemas de negocios.

Es importante identificar el concepto del Recinto Fiscalizado Estratégico, por lo que me permito hacer la siguiente descripción:

Para un entendimiento adecuado, es necesario definir la figura de recinto fiscal de conformidad con la Ley Aduanera, la cual los define como los lugares donde las autoridades aduaneras realizan, indistintamente, las funciones de manejo, custodia, carga y descarga de mercancías de comercio exterior, fiscalización, así como el despacho aduanero. Las funciones de almacenaje, custodia, carga y descarga de mercancías de comercio exterior pueden ser concesionadas a particulares por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a los cuales se les denomina recintos fiscalizados. Estos últimos,Page 25deben estar localizados: i) dentro del recinto fiscal, o ii) colindante con un recinto fiscal.

Así entonces, se define al RFE como el (los) inmueble ubicado dentro o colindante de un recinto fiscal o recinto fiscalizado, en donde se pueden llevar a cabo actividades adicionales a las mencionadas para los recintos fiscales o fiscalizados, tales como: exhibición, venta, distribución, elaboración, transformación o reparación de mercancías de comercio exterior.

En otras palabras, los RFE son zonas francas establecidas...

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