¿Las personas físicas que reciben ingresos por salarios pueden deducir en la declaración anual del ISR los intereses moratorios pagados por un préstamo hipotecario de casa-habitación?

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Me desempeño como contador independiente. Uno de mis clientes es una persona física que percibe ingresos por salarios, a la cual le presento cada ejercicio su declaración anual del ISR. En años pasados, mi cliente ha deducido los intereses reales normales que paga por un crédito hipotecario que tiene contratado con una institución financiera por la adquisición de su casa-habitación. En 2010, además de los intereses normales, también se pagaron intereses moratorios debido a que el contribuyente no pagó en tiempo diversas mensualidades. Al efecto, tengo duda si los intereses moratorios también pueden deducirse en la declaración anual referida.

Lector de Tapachula, Chiapas

" Pregunta

¿Las personas físicas que reciben ingresos por salarios pueden deducir en la declaración anual del ISR los intereses moratorios pagados por un préstamo hipotecario de casahabitación?

Respuesta

El artículo 176, fracción IV, de la Ley del ISR, vigente a partir del 1o. de enero de 2002, estipula lo siguiente (énfasis añadido):

176. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IV. Los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de su casa habitación contratados con las instituciones integrantes del sistema financiero, siempre que el monto total de los créditos otorgados por dicho inmueble no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión.

Por su parte, el artículo 224, primer párrafo, del Reglamento de la Ley del ISR indica lo siguiente (énfasis añadido):

224. Para los efectos del artículo 176, fracción IV de la Ley, será deducible el monto de los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio de que se trate, incluyendo los moratorios, correspondientes a los préstamos hipotecarios a que se refiere el precepto legal citado, siempre que se hayan devengado a...

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