Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la reanudación de la inhabilitación impuesta a la proveedora Josefina María Mino Hernández

Fecha de disposición11 Febrero 2010
Fecha de publicación11 Febrero 2010
MateriaDerecho Procesal
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.- Area de Responsabilidades.- Expediente PE/03/2008. CIRCULAR No. 08/114/OIC/R/113/2010

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA REANUDACION DE LA INHABILITACION IMPUESTA A LA PROVEEDORA JOSEFINA MARIA MINO HERNANDEZ, CON R.F.C. MIHJ550509SM5.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2o., 8o. y 9o. primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 59 y 60, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 69 de su Reglamento; 3o. inciso "D" y 80, fracción I, numeral 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo Sexto del proveído No. 08/114/OIC/R/98/10 dictado el 27 de enero de 2010, a través del cual se acordó que el Juez del Décimo Juzgado de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, en el juicio de garantías No. 1555/2008-VII, resolvió que la Justicia de la Unión no ampara ni protege a Josefina María Mino Hernández, fallo que fue confirmado en la Revisión R.A. 73/2009 por el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, se comunica la reanudación total de los tres meses de inhabilitación que habían sido suspendidos, es decir, de los faltantes sesenta y ocho días faltantes por cumplir, mismos que continuarán surtiendo efectos a partir del día siguiente de...

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