¿Pueden realizarse pagos de impuestos de diversas personas físicas mediante transferencia electrónica de fondos desde la cuenta bancaria de un tercero?

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Laboro como contador en una firma de contadores públicos que presta servicios de asesoría contable y fiscal preponderantemente a personas físicas. Cabe mencionar que la mayoría de los clientes son personas que tributan en los regímenes de honorarios y arrendamiento, los cuales no rebasaron durante el ejercicio de 2004 la cantidad de $300,000; por tal razón, no están obligados a realizar el pago de sus impuestos a través del portal bancario (transferencia electrónica de fondos); sin embargo, por comodidad, el despacho en el que presto mis servicios considera conveniente realizar el pago de los impuestos de sus clientes vía Internet, mediante transferencia de fondos, de una cuenta bancaria abierta a su nombre, previo depósito de la cantidad correspondiente por parte de sus clientes.

Lector de Iguala, Guerrero

Pregunta

¿Es correcto pagar los impuestos de las personas físicas mediante transferencia electrónica de fondos desde la cuenta bancaria de un tercero?

Respuesta

La regla 2.15.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004-2005 establece que las personas físicas que no realicen actividades empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos inferiores a $300,000, podrán efectuar los pagos provisionales o definitivos, incluyendo retenciones, independientemente de su periodicidad, en ventanilla bancaria, en los que proporcionarán los datos contenidos en los desarrollos electrónicos de las instituciones de crédito autorizadas, a partir de los correspondientes al ejercicio fiscal de 2004 y subsecuentes, así como sus complementarios, extemporáneos y de corrección fiscal, utilizando para tal efecto la tarjeta electrónica (tarjeta tributaria); empero, los contribuyentes mencionados podrán optar por efectuar el pago mediante transferencia electrónica de fondos, en lugar de presentar las declaraciones de pago en ventanilla bancaria, las cuales se presentarán vía Internet en términos del capítulo 2.14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004-2005.

Al respecto, el séptimo párrafo del artículo 20 del Código Fiscal de la Federación indica lo siguiente:

20.............

Se aceptará como medio de pago de las contribuciones, los cheques certificados o de caja y la transferencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería de la...

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