"Ratificación" del mandato: Plan B

AutorElisur Arteaga Nava

"Revocación del mandato: Este es el 'plan B' de AMLO si INE frena consulta... El mandatario sugirió algunas alternativas en caso de que el órgano electoral lo frene... La alternativa es contratar a 10 empresas encuesta-doras 'de prestigio' en México y preguntar a la gente: '¿quieres que siga el presidente AMLO o que renuncie?..."

Fue otra de las puntadas de AMLO; no sé si es mejor o peor que las otras. Fue menos buena que la del "decretazo" del 22 de noviembre pasado; con éste no se midió; se pasó por el "arco de triunfo": al Congreso de la Unión, el principio de obligatoriedad de las leyes, la protesta que rindió de respetar la Constitución y la de hacer cumplir las leyes federales. Ni los presidentes oaxaqueños: Benito Juárez y Porfirio Díaz, se habían atrevido a tanto.

La 4T se va a recordar por violar la ley; por hacerlo a la más mínima provocación. En la administración pública federal no hay alguien que se atreva a decirle a su jefe que esto o aquello es contrario a la Constitución o a las leyes. De igual manera, no hay quien ose decirle que tal o cual acción es económicamente inviable. En la antigüedad, a quienes ejercían el poder de esa manera se les llamaba tiranos. Los tiempos han cambiado. Ignoro cómo se les llama actualmente.

Respecto a la organización de la revocación del mandato, la Constitución, en su artículo 35, fracción VIII, apartado 4o, determina:

"El Instituto Nacional Electoral tendrá a su cargo, en forma directa, la verificación del requisito establecido en el inciso c) del apartado Io. de la presente fracción, así como la organización, difusión, desarrollo, cómputo y declaración de resultados.

"El Instituto promoverá la participación de los ciudadanos en las consultas populares y será la única instancia a cargo de la difusión de las mismas..."

En el precepto aparece el adjetivo: única; éste, en español, implica que la atribución se confiere en forma privativa al Instituto Nacional Electoral, con exclusión de cualquier otra autoridad o particular. Ni AMLO y tampoco las en-cuestadoras de prestigio pueden hacerlo. Si éstas, en un caso hipotético, lo hicieran, sus directivos se expondrían a ser acusados penalmente. Insisto, si lo hiciera un particular, incurría en un delito. Si la consulta la llevara a cabo un servidor público, incurría en el delito de usurpación de funciones.

Si AMLO, los servidores públicos que de él dependen y las encuestadoras hubieran organizado la consulta y la Fiscalía General de la República no...

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