Dr. José Ramón Cossío Díaz. Las resoluciones de la SCJN no sólo atienden asuntos relevantes también contribuyen a la construcción del Estado Democrático

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SU LLEGADA A LA SCJN FUE BIEN RECIBIDA EN EL FORO Y SE PERCIBIÓ COMO UNA RENOVACIÓN EN UNA INSTITUCIÓN CONSIDERADA CONSERVADORA ¿QUÉ NOS COMENTARÍA AL RESPECTO?

Yo realmente encontré una Corte muy dinámica. Me incorporé con cierta rapidez porque fueron muy generosos los demás ministros. Sin embargo, como sucede en todo, existen puntos de vista diversos en algunos temas y así entramos en procesos de discusión que han sido muy importantes y enriquecedores.

Afortunadamente en este país tenemos la posibilidad del voto particular, del voto concurrente o de los votos de minoría y eso me ha permitido exponer mis criterios cuando tengo una diferencia con mis compañeros. La verdad es que la práctica de los votos particulares la encontré muy desarrollada por los ministros Genaro Góngora Pimentel y Jesús Gudiño Pelayo, anteriormente por el ministro Guzmán Orozco, por señalar algunos que generan un número importante de votos particulares.

Sin embargo creo que la mayor ventaja que he encontrado es un trabajo conjunto, un trabajo de debate en distintas formas. Los debates del Pleno de la Suprema Corte los pueden ver en el Canal Judicial y es un proceso de una discusión más lenta, más sofisticada, que toma más tiempo. En la Primera Sala hay un proceso de discusión más rápido por el número de asuntos, son debates más breves pero también muy intensos. Lo más importante es la condición misma del debate.

¿QUÉ OPINA DEL CANAL JUDICIAL Y DE LA TRANSMISIÓN EN VIVO DE LAS SESIONES DEL PLENO ?

Esta iniciativa impulsada por el Ministro Mariano Azuela durante su presidencia despertó en su momento muchas preocupaciones, ya que sin duda tiene sus riesgos pasar en vivo las discusiones de los ministros en el Pleno, pero ha sido de extraordinaria importancia, pues desde cualquier parte del país pueden presenciar cómo operamos, cómo construimos las decisiones, si cedemos algún punto de vista o si reiteramos nuestra posición.

Algo que considero fundamental es la posibilidad de que la Corte no sólo dicte sentencias -que es su función primordial-, sino que adicionalmente coadyuve en la cultura jurídica del país. En algunas universidades podemos ver que han acondicionado un salón con televisión para que los estudiantes vean en vivo los procesos de discusión de los ministros de la Suprema Corte. Creo entonces que la idea decimonónica de que el Derecho sólo se aprendía en los textos y memorizando artículos del Código la podemos ir haciendo de lado. Es cierto que hay que aprenderse las definiciones y las leyes, pero esas son herramientas que luego se van a utilizar, no basta memorizarlas sino entenderlas. Esto para el cambio en la educación jurídica del país puede ser determinante como un producto adicional.

RECIENTEMENTE EMITIERON UN FALLO DE GRAN IMPACTO EN LA OPINIÓN PúBLICA Y EN LOS MEDIOS, EL DEL CASO ACTEAL, ¿QUÉ IMPLICACIONES TIENE ESTE TIPO DE RESOLUCIONES?

En esta nueva época que estamos viviendo a los medios les corresponde difundir las decisiones de la Corte, por ser de importancia...

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