Tesis nº III-TASR-XIV-425 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 1995

JuezAislada, Sala Regional Pacífico - Centro ó Morelos
MateriaPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
 (OPOSICION AL PROCEDIMIENTOADMINISTRATIVO DE EJECUCION)
Fecha01 Agosto 1995
Fecha de publicación01 Agosto 1995
LocalizadorR.T.F.F. Tercera Epoca. Año VIII. No. 92. Agosto 1995. p. 43
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónIII-TASR-XIV-425

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

(OPOSICION AL PROCEDIMIENTOADMINISTRATIVO DE EJECUCION)

III-TASR-XIV-425

SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION EN EL EMBARGO ADMINISTRATIVO Y EMBARGO EN VIA DE EJECUCION.-

El artculo 141 del Código Fiscal de la Federación, establece que los Contribuyentes podrán garantizar el interés fiscal, entre otras formas, con el embargo en la vía administrativa; asimismo, el artículo 151, fracción II del mismo ordenamiento legal referido al procedimiento administrativo de ejecución, prescribe que las autoridades fiscales para hacer efectivo un crédito fiscal y el importe de sus accesorios legales, podrán embargar negociaciones con todo lo que de hecho y por derecho les corresponda, a fin de obtener los ingresos necesarios legales, es decir, ambas formas de embargo tienen la misma naturaleza jurídica y la misma finalidad que es la de garantizar el pago de crédito fiscal o en su caso cobrarlo. En efecto, en el primero de ellos, el contribuyente señalará los bienes en que deba trabarse, debiendo ser suficientes para garantizar el interés fiscal siempre que en su caso se cumpla con los requisitos y porcientos que establece el artículo 62 del Reglamento del Código Fiscal, debiendo inscribirse...

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