Tesis nº VIII-P-SS-174 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2018

LocalizaciónR.T.F.J.A. Octava Época. Año III. No. 18. Enero 2018 p. 141
EpocaOctava Época

LEY FEDERAL DE DERECHOS

VIII-P-SS-174

SERVICIOS A LA NAVEGACIÓN EN EL ESPACIO AÉREO MEXICANO (SENEAM), SE ENCUENTRA FACULTADO PARA DETERMINAR CRÉDITOS FISCALES POR CONCEPTO DE DERECHOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 150-C DE LA LEY DE LA MATERIA.-

De la interpretación sistemática de lo dispuesto en los artículos 3° y 150-C de la Ley Federal de Derechos; 2 fracción XXXII, 39 y 42 del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el órgano desconcentrado Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM), dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, está facultado para requerir aclaraciones, determinar omisiones incurridas en la autodeterminación formulada por los causantes, así como de otros adeudos que detecte, respecto al pago de los Derechos generados con motivo de los servicios que proporciona, entre los que se encuentran, aquellos prestados fuera del horario oficial de operaciones de los aeropuertos. De esta manera, considerando que en términos de los artículos 2 y 4 del Código Fiscal de la Federación, los Derechos revisten el carácter de contribuciones que el Estado tiene derecho a exigir entre otros, con motivo de los servicios que presta al ejercer sus funciones de derecho público, lógico resulta que la determinación que al efecto realice el citado órgano desconcentrado por concepto...

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