Tesis nº I-TS-3034 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 1938

Número de resoluciónI-TS-3034
Fecha de publicación01 Agosto 1938
Fecha01 Agosto 1938
Número de registro30007
MateriaArts. 182 y 399 de la Ley Aduanal, Art. 6° del propio ordenamiento y Arts. 356 fracción III y 346 de la misma Ley.
LocalizadorR.T.F.F. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 3090
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Si los mismos se enajenan sin cumplir previamente con lo dispuesto en el artículo 182 de la Ley Aduanal, es indudable que tal operación no es legal, y las autoridades fiscales pueden hacer efectivas las prestaciones consiguientes sobre los bienes en cuestión, en tanto que los adquirentes de los mismos tienen expeditos sus derechos...

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