Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro, que aprueba el dictamen por el que se propone al Consejo General, el Reglamento para la Organización de Plebiscito y Referéndum en el Estado de Querétaro.

Pág. 3842 PERIÓDICO OFICIAL 12 de abril de 2013
INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO, QUE APRUEBA EL
DICTAMEN POR EL QUE SE PROPONE AL CONSEJO GENERAL, EL REGLAMENTO PARA LA
ORGANIZACIÓN DE PLEBISCITO Y REFERÉNDUM EN EL ESTADO DE QUERÉTARO.
ANTECEDENTES:
I. Reforma a la Constitución Federal de la República que incorpora la figura de la consulta popular. Con
fecha nueve de agosto del año dos mil doce, se publicaron las reformas a diversos artículos de la Constitución
Federal de la República, en el que se incluyó la figura relativa a la consulta popular.
II. Publicación de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Querétaro. El diecinueve de agosto del
año dos mil doce, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”, la Ley de
Participación Ciudadana del Estado de Querétaro, la cual incorporó en su artículo cuarto transitorio, de manera
textual, lo siguiente:
“Artículo Cuarto. El Instituto Electoral del Estado de Querétaro, dentro del término de seis meses contados a
partir de la finalización del actual proceso electoral local, expedirá los reglamentos necesarios para el adecuad o
desarrollo del plebiscito y referéndum, los cuales serán publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado “La sombra de Arteaga”.”
III. Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro por el que se da por concluido el
proceso electoral ordinario del año dos mil doce. Mediante acuerdo tomado en Sesión de fecha treinta de
septiembre del año dos mil doce, el Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro dio por concluido el
Proceso Electoral Ordinario del año dos mil doce.
IV. Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro por el que se crea la Comisión
Transitoria encargada de coadyuvar en el cumplimiento del Artículo Cuarto Transitorio de la Ley de
Participación Ciudadana del Estado de Querétaro. En la fecha citada con anterioridad, el Consejo General
del Instituto Electoral de Querétaro aprobó el acuerdo por el que se crea la Comisión Transitoria encargada de
coadyuvar en el cumplimiento del artículo cuarto transitorio de la Ley de Participación Ciudadana del Estado.
V. Presentación del diagnóstico de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Querétaro. En sesión
extraordinaria de la Comisión Transitoria encargada de coadyuvar en el cumplimiento del artículo cuarto
transitorio de la Ley de Participación Ciudadana del Estado, de fecha trece de diciembre del año mencionado,
se llevó a cabo por parte del Secretario Técnico de la Comisión, la presentación del diagnóstico de la Ley de
Participación Ciudadana del Estado de Querétaro y sus efectos en la reglamentación institucional.
VI. Sesión de exposición y votación del proyecto de dictamen. En sesión extraordinaria de la Comisión
Transitoria de fecha trece de marzo del presente año, se llevó a cabo por parte del Secretario Técnico de la
Comisión, la exposición y votación del proyecto de dictamen por el que se propone al Consejo General el
Reglamento de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Querétaro; en el uso de la voz el Presidente de
la Comisión refirió que, con la finalidad de que los representantes de los Partidos Políticos y los Consejeros
Electorales pudieran emitir sus observaciones en tiempo respecto al proyecto, se decretaba un receso de
conformidad con el artículo 73 del Reglamento Interior de la Comisión y 9 fracción III del Reglamento de la
propia Comisión, reanudándose a las trece horas del día diecinueve del mismo mes y año.
VII. Observación del Partido Acción Nacional. Por escrito de fecha quince de marzo del año en curso,
recibido a las catorce horas con treinta y seis minutos en la Oficialía de Partes del Instituto Electoral de
Querétaro, el representante propietario del Partido Acción Nacional debidamente acreditado ante este
organismo electoral, remitió las observaciones al Proyecto de Reglamento para la Organización de Plebiscito y
Referéndum en el Estado.

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