La punibilidad del comportamiento del mulero o phisher-mule en derecho penal español: análisis de la sentencia del tribunal supremo 834/2012 de 25 de octubre.

AutorLyonel Fernando Calderón Tello
CargoProfesor de Derecho Penal y Ciencias Penales, Universidad Técnica Particular de Loja, Profesor de Derecho Internacional, Universidad de Guayaquil.
Páginas7-25
7
Doctrina
18
Núm. 18, enero - junio de 2021
Revista Penal México
La punibilidad del comportamiento del mulero o
phisher-
mule
en derecho penal español: análisis de la sentencia
del tribunal supremo 834/2012 de 25 de octubre.
Profesor de Derecho Penal y Ciencias Penales
Universidad Técnica Particular de Loja
Profesor de Derecho Internacional
Universidad de Guayaquil
Lyonel Fernando Calderón Tello
Resumen: El trabajo expone una propuesta de solución a un problema que se presenta con no poca fre-
cuencia en la jurisprudencia: determinar bajo qué tipo penal es punible el comportamiento del mulero o
phisher-mule. Se presentará la solución a partir del análisis de los hechos probados de la sentencia del
Tribunal Supremo 834/2012 de 25 de octubre. La tesis que se somete a prueba arma que, el comporta-
miento del mulero o phisher mule es punible como delito de receptación y no como delito de blanqueo de
capitales doloso o imprudente ni como delito de estafa informática.
Entre las razones que tenemos para sostener lo anterior, están las siguientes: a) el delito previo, la estafa
informática, es un delito contra el patrimonio; b) el mulero no es ni autor ni cómplice del delito previo; y,
c) de manera fundamental, por ser la pena de este tipo penal más proporcionada que la del blanqueo, a la
menor gravedad del comportamiento del mulero en comparación con el autor de la estafa, se debe preferir
su aplicación.
PalabRas clave: Mulero, phisher-mule, receptación, estafa informática, blanqueo de capitales doloso e
imprudente.
abstRact: The paper presents a proposal for a solution to a problem that arises not infrequently in the
jurisprudence: to determine under what penal type the behavior of the mulero or phisher-mule is punisha-
ble. The solution will be presented based on the analysis of the proven facts of the Supreme Court sentence
834/2012 of October 25. The thesis that is put to the test afrms that, the behavior of the mulero or phisher
mule is punishable as reception and not as imprudent or intentional money laundering or as a computer
scam.
Among the reasons we have to support the above, are the following: a) the prior crime, the computer scam,
is a crime against the patrimony (property); b) the mulero is neither an author nor an accomplice of the
previous crime; and, c) in a fundamental way, since the penalty of this type of crime is more proportionate
than that of money laundering, to the lesser degree of behavior of the mulero compared to the author of the
scam, its application must be preferred.
Key woRds: Mulero, phisher-mule, reception, computer scam, money laundering intentional and reckless.
8
Revista Penal México
Núm. 18, enero-junio de 2021
La punibilidad del comportamiento del mulero o phisher-mule en derecho penal español
1. Tesis propuesta: el comportamiento del mulero
o phisher mule punible como delito de receptación
y no como delito de blanqueo de capitales doloso o
imprudente ni como delito de estafa informática
Hemos escogido de entre las diferentes sentencias del
Tribunal Supremo en materia de blanqueo de capita-
les, varias en las que el problema fundamental se en-
cuentra referido al ámbito de aplicación entre el delito
de blanqueo de capitales, el delito de receptación y
el delito de estafa informática, este último un delito
patrimonial. La circunstancia de que se discuta si es
un delito patrimonial ayuda mucho para la explicación
de lo que aquí se sostiene, lo veremos luego. De este
modo, a nivel jurisprudencial en estos supuestos, se
discute sobre la calicación del delito, entre un delito
de blanqueo de capitales (doloso o imprudente) y la
participación en el delito (previo) de estafa informáti-
ca. Haremos especial énfasis en la sentencia del Tribu-
nal Supremo 834/2012 de 25 de octubre.
2. El problema: determinar bajo qué tipo penal es
punible el comportamiento del mulero o phisher-
mule, a partir del análisis de los hechos probados
de la sentencia del Tribunal Supremo 834/2012 de
25 de octubre.
2.1. Los hechos probados
En efecto, en la sentencia del Tribunal Supremo
834/2012 del 25 de octubre, se reclama contra la sen-
tencia que condenó a la acusada como autora de un
delito de blanqueo de capitales culposo cometido por
imprudencia grave. Todo gira alrededor de un com-
portamiento fraudulento que tiene su inicio en el en-
vío masivo de mensajes de correo electrónico desde
diversos sitios en la red, que tiene como destinatarios
a usuarios de la banca informática (banca on line) a
quienes se les redirecciona a una página web que es
una réplica casi perfecta de la original y en la que se
les requiere, normalmente con el aviso amenazante de
perder el depósito y la disponibilidad de las tarjetas
de crédito, a que entreguen sus claves personales de
acceso con el n de vericar su operatividad. El autor
pesca (phishing) las claves bancarias, que permiten
el acceso a las cuentas del incauto para poder realizar
una disposición patrimonial no autorizada. En los an-
tecedentes de la antes referida sentencia, que resuelve
un recurso de casación contra la sentencia dictada por
la Audiencia Provincial de Palencia con fecha del 3
de noviembre de 2011, por delitos de estafa y blan-
queo de capitales, se mencionan como hechos proba-
dos (que interesan de manera especial para este traba-
jo) los siguientes:
a) Que la entidad denominada Colon Collection,
mediante el envío de correos electrónicos y bajo la
apariencia de actuar como una entidad bancaria y uti-
lizando un falso duplicado de su página web, obtuvo
de forma encubierta e ilegítima y sin consentimiento
alguno de su titular, la clave de su cuenta bancaria;
b) Que con las claves fraudulentamente obtenidas,
ingresaron a la cuenta a través de la red, retirando des-
pués (de la cuenta on line) las cantidades de dinero;
Rec: 14 nov 2019 | Fav: 1 marz 2020
sumaRio: 1. Tesis propuesta: el comportamiento del mulero o phisher mule punible como delito de re-
ceptación y no como delito de blanqueo de capitales doloso o imprudente ni como delito de estafa in-
formática. 2. El problema: determinar bajo qué tipo penal es punible el comportamiento del mulero o
phisher-mule, a partir del análisis de los hechos probados de la sentencia del Tribunal Supremo 834/2012
de 25 de octubre. 3. El comportamiento del mulero punible por el delito de estafa informática: una tesis
jurisprudencial. 4. El comportamiento del mulero punible como blanqueo doloso o imprudente: una tesis
doctrinal y jurisprudencial. 5. El comportamiento del mulero punible como delito de receptación: tesis
doctrinal. 6. Fundamentos de la posición personal: el comportamiento del mulero o phisher mule punible
como receptación dolosa y no como blanqueo imprudente ni como estafa informática. 6. Fundamentos de
la posición personal: el comportamiento del mulero o phisher mule punible como receptación dolosa y no
como blanqueo imprudente ni como estafa informática.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR