¿Los contribuyentes que inician operaciones pueden emitir comprobantes fiscales en forma impresa?

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Soy contador independiente. En días pasados, una persona física que se dedicará a la comercialización de muebles de madera conforme al régimen de las actividades empresariales y profesionales, me contrató para que la inscribiera en el RFC y le llevara su contabilidad. En relación con la emisión de los comprobantes por sus operaciones, mi cliente me comentó que lo desea hacer de manera impresa. Entiendo que existe un monto de ingresos que no debió rebasarse en el ejercicio inmediato anterior para poder emitir comprobantes impresos, pero no sé si esta opción también aplica a los contribuyentes que inician operaciones.

Lector de Cuernavaca, Morelos

Pregunta

¿Los contribuyentes que inician operaciones pueden emitir comprobantes fiscales en forma impresa?

Respuesta

Sí, los contribuyentes que inician operaciones pueden emitir comprobantes fiscales en forma impresa siempre que estimen que sus ingresos en el ejercicio no rebasarán $4’000,000, por lo siguiente:

El artículo 29-B, fracción I, del CFF dispone lo siguiente (énfasis aña-dido):

29-B. Los contribuyentes, en lugar de aplicar lo señalado en los artículos 29 y 29-A de este Código, podrán optar por las siguientes formas de comprobación fiscal:

I. Comprobantes fiscales en forma impresa por medios propios o a través de terceros, tratándose de contribuyentes cuyos ingresos para efectos del impuesto sobre la renta, declarados en el ejercicio inmediato anterior, no excedan de la cantidad que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. Dichos comprobantes deberán expedirse y entregarse al realizar los actos o actividades o al percibir los ingresos, y cumplir con los requisitos siguientes:

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A su vez, la regla I.2.8.1.1 de la RMF para 2012 indica lo siguiente (énfasis añadido):

I.2.8.1.1. Para los efectos del artículo 29-B, fracción I del CFF, los contribuyentes que en el último ejercicio fiscal declarado o por el que hubieren tenido la obligación de presentar dicha declaración, hubieran obtenido para efectos del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $4’000,000.00, así como los contribuyentes que en el ejercicio fiscal en que inicien actividades estimen que obtendrán ingresos iguales o inferiores a la citada cantidad, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa.

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La posibilidad de emitir...

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