¿Se puede solicitar que se deje sin efectos el pago en parcialidades del ISR con motivo de la determinación de un saldo a favor en una declaración complementaria del ejercicio de 2020?

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obligados a pagar recargos por falta
de pago oportuno. En este sentido,
el FCF para el pago respectivo se
deberá solicitar como sigue:
1. Ante la administración descon-
centrada de recaudación más
cercana al domicilio fiscal del
contribuyente.
2. Mediante una aclaración dentro
de “Mi portal” mediante un caso
de “Servicio o solicitudes”.
En consecuencia, una persona física
que no efectuó en tiempo el pago de
la tercera parcialidad del ISR causa-
do en la declaración anual de 2021
para obtener otro formato de pago
y enterar la parcialidad de manera
extemporánea, deberá solicitarlo
conforme a lo indicado en los pun-
tos 1 y 2 anteriores.
impuesto cargo, se determinó
saldo a favor. Por ello, deseo
saber si se puede solicitar que
se deje sin efectos el pago de
las parcialidades del ISR.
Lector de Ciudad de México
en parcialidades o diferido,
siempre y cuando:
I. Los adeudos no hayan sido
determinados por medio de de-
claración de corrección fiscal o
con motivo de dictamen.
II. No se hubieran interpuesto
medios de defensa, respecto
del crédito.
En este supuesto, deberán ma-
nifestarlo bajo protesta de decir
verdad a través de buzón tribu-
tario habilitado, en los términos
de la ficha de trámite 245/CFF
“Habilitación del buzón tributario
y registro de mecanismos de
comunicación como medios de
contacto”, contenida en el Anexo
1-A, anexando la documentación
que acredite la forma en que se
determinaron las contribuciones
manifestadas en la declaración
complementaria.
Cuando el contribuyente no cum-
pla con alguno de los requisitos
señalados en la ficha de trámite
146/CFF “Solicitud para dejar
sin efectos el pago a plazos, en
parcialidades o diferido”, conte-
nida en el Anexo 1-A, la autoridad
requerirá al contribuyente a fin
de que en un plazo de cinco días
hábiles siguientes a que surta
efectos su notificación, cumpla
con los requisitos omitidos. De
no dar cumplimiento dentro del
plazo otorgado, se tendrá al
contribuyente por desistido de su
solicitud.
Con base en su solicitud, se
podrá dejar sin efectos el pago
en parcialidades o el pago
diferido. En consecuencia, los
contribuyentes podrán, en su
caso, tramitar la devolución
de las cantidades pagadas en
¿Se puede solicitar que se
deje sin efectos el pago en
parcialidades del ISR con
motivo de la determinación de
un saldo a favor en una de-
claración complementaria del
ejercicio de 2020?
Trabajo como asistente de
contabilidad de una persona
moral del régimen general de
la Ley del ISR que se dedica a
la comercialización de muebles
de oficina. En marzo de 2022,
la empresa obtuvo autorización
para pagar en 24 mensualidades
el ISR a cargo correspondiente
al ejercicio de 2020; no obstante,
a principios de julio y con motivo
de una revisión del departa-
mento de auditoría interna de la
empresa, se presentó una decla-
ración complementaria de dicho
ejercicio en la que, en lugar de
¿Se puede solicitar que se deje sin
efectos el pago en parcialidades del
ISR con motivo de la determinación
de un saldo a favor en una declara-
ción complementaria del ejercicio de
2020?
Sí, conforme a lo siguiente:
La regla 2.11.3 de la RMF para
2022 establece lo siguiente (énfasis
añadido):
2.11.3. Para los efectos de los
artículos 66, primer párrafo y
66-A del CFF, los contribuyen-
tes que hubieran determinado
contribuciones a su cargo en
la declaración y hayan optado
por pagarlas en parcialidades o
de manera diferida, y en fecha
posterior presenten declara-
ción complementaria de la
misma contribución, periodo y
ejercicio modificando los mon-
tos e inclusive determinando
saldo a favor, podrán solicitar
que se deje sin efectos el pago
FISCAL
Consultas de nuestros lectores
A49
2a. quincena
julio 2022
3 Informas y mas fiscal 948.indd 493 Informas y mas fiscal 948.indd 49 30/06/22 17:1430/06/22 17:14

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