¿Se puede iniciar una acción colectiva en contra de una empresa que no prestó los servicios contratados a varios consumidores?

Páginas7-7

Page 7

Soy gerente de mercadotecnia en una empresa de diseño de interiores. En días pasados, una agencia de viajes promocionó entre nuestros trabajadores paquetes turísticos a precios accesibles con destinos a Cancún y a Los Cabos, y alrededor de 90 colaboradores adquirieron los paquetes; sin embargo, la línea aérea contratada no otorgó los servicios, por lo que los trabajadores exigieron a la agencia de viajes la devolución de su dinero; así lo hizo pero no les restituyó el importe por los servicios aéreos con el argumento de que la aerolínea era la obligada a reintegrarles su dinero. Ante esto, un amigo me indicó que podemos acudir a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para emprender una acción colectiva (reclamación grupal) a fin de exigir los derechos de los consumidores afectados. Ignoro si es posible.

Lector de Guadalajara, Jalisco

¿Se puede iniciar una acción colectiva en contra de una empresa que no prestó los servicios contratados a varios consumidores?

Sí, por lo siguiente:

El artículo 578 del Código Federal de Procedimientos Civiles (CFPC) estipula que la defensa y protección de los derechos e intereses colectivos será ejercida ante los tribunales de la Federación, y sólo podrán promoverse en materia de relaciones de consumo de bienes o servicios, públicos o privados y medio ambiente.

Por su parte, el artículo 580, fracción II, del CFPC dispone lo siguiente:

580. En particular, las acciones colectivas son procedentes para tutelar:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Derechos e intereses individuales de incidencia colectiva, entendidos como aquéllos de naturaleza divisible cuya titularidad corresponde a los individuos integrantes de una colectividad de personas, determinable, relacionadas por circunstancias de derecho.

Según se aprecia, las acciones colectivas proceden para tutelar los derechos e intereses individuales de incidencia colectiva, entendidos como aquellos cuya titularidad corresponde a los individuos integrantes de un grupo de personas relacionadas por circunstancias de derecho.

Además, el artículo 585...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR