¿Qué puede hacerse para que las autoridades fiscales eliminen a una persona física del listado de contribuyentes con créditos fiscales firmes conforme al último párrafo del artículo 69 del CFF?

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¿Qué puede hacerse para
que las autoridades fiscales
eliminen a una persona física
del listado de contribuyentes
con créditos fiscales firmes
conforme al último párrafo del
artículo 69 del CFF?
Soy contador independiente. Uno
de mis clientes es una persona
física que comercializa maquina-
ria pesada y tributa en el régimen
de las actividades empresariales
y profesionales. En días pasa-
dos, me comentó que una de las
empresas a las que enajenó un
bien a crédito le retuvo su pago
debido a que lo ubicó en la lista
de contribuyentes con créditos
fiscales firmes en términos del ar-
tículo 69, último párrafo, del CFF,
por no haber pagado algunas
multas que le habían impuesto
las autoridades, mismas que ya
liquidó, por lo que me pidió que
le indicara qué debe hacer para
que las autoridades fiscales lo
eliminen de la lista mencionada.
Lector de Naucalpan, Edomex
trados por los contribuyentes o
por terceros con ellos relacio-
nados, así como los obtenidos
en el ejercicio de las facultades
de comprobación. Dicha reserva
no comprenderá los casos que
señalen las leyes fiscales y aque-
llos en que deban suministrarse
datos a los funcionarios encarga-
dos de la administración y de la
defensa de los intereses fisca-
les federales, a las autoridades
judiciales en procesos del orden
penal o a los Tribunales compe-
tentes que conozcan de pensio-
nes alimenticias o en el supuesto
previsto en el artículo 63 de este
Código. Dicha reserva tampoco
comprenderá la información rela-
tiva a los créditos fiscales firmes
de los contribuyentes, que las
autoridades fiscales proporcionen
a las sociedades de información
crediticia que obtengan autoriza-
ción de la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público de conformidad
con la Ley para Regular las So-
ciedades de Información Cre-
diticia, ni la que se proporcione
para efectos de la notificación por
terceros a que se refiere el último
párrafo del artículo 134 de este
Se puede seguir el procedimiento
de aclaración ante el SAT, según lo
siguiente:
El artículo 69 del CFF dispone lo
siguiente (énfasis añadido):
69. El personal oficial que inter-
venga en los diversos trámites
relativos a la aplicación de las
disposiciones tributarias estará
obligado a guardar absoluta
reserva en lo concerniente a las
declaraciones y datos suminis-
¿Qué puede hacerse para que las
autoridades fiscales eliminen a una
persona física del listado de con-
tribuyentes con créditos fiscales
firmes conforme al último párrafo del
artículo 69 del CFF?
A51
1a. quincena
junio 2022
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