Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-040-SSA2-2003, En materia de información en salud

Fecha de disposición08 Marzo 2004
Fecha de publicación08 Marzo 2004
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-040-SSA2-2003, En materia de información en salud.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-040-SSA2-2003, EN MATERIA DE INFORMACION EN SALUD.

ROBERTO TAPIA CONYER, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción X, 7o. fracciones V y X, 13 apartado A fracción I, 104, 105, 106, 107, 108, 109 y 140 de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 40 fracción XI, 41 y 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o., 3o. fracción I, 7o. fracción VII, 38, 39, 40, 41, 42, 43 y 45 de la Ley de Información Estadística y Geográfica; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 8 fracciones V y XVI, 10 fracciones VII y XVI, y 45 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, he tenido a bien ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación, del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-040-SSA2-2003, En materia de Información en Salud.

El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que los interesados, dentro de los siguientes 60 días naturales contados a partir de la fecha de su publicación, presenten sus comentarios por escrito ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, sito en Lieja número 7, 1er. piso, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06696, México, D.F., teléfono y fax 52-86-53-55, correo electrónico: pce@salud.gob.mx.

Durante el lapso mencionado y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Manifestación de Impacto Regulatorio del presente Proyecto de Norma, estará a disposición del público, para su consulta, en el domicilio del Comité.

PREFACIO

En la elaboración de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana participaron:

SECRETARIA DE SALUD

Subsecretaría de Innovación y Calidad

Subsecretaría de Prevención y Protección de la Salud

Subsecretaría de Relaciones Institucionales

Coordinación General de Planeación Estratégica

Dirección General de Calidad y Educación en Salud

Dirección General de Equidad y Desarrollo en Salud

Dirección General de Promoción de la Salud

Dirección General de Salud Reproductiva

Dirección General de Información y Evaluación del Desempeño

Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios

Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica

Dirección General Adjunta de Epidemiología

Instituto Nacional de Salud Pública

Secretaría de Salud del Gobierno del Distrito Federal

Dirección General de los Servicios de Salud en el Estado de Hidalgo

Secretaría de Salud del Estado de Jalisco

Secretaría de Salud del Estado de Michoacán

Dirección General de los Servicios de Salud y Secretaría de Salud en el Estado de Nayarit

Secretaría de Salud Estado de Oaxaca

Secretaría de Salud y Dirección General de Servicios de Salud del Estado de Puebla

Secretaría de Salud Pública del Estado de Sonora

Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios de Salud del Estado de Tlaxcala

Dirección General de Servicios de Salud del Estado de Zacatecas

SECRETARIA DE GOBERNACION

Secretaría General del Consejo Nacional de Población

SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL

Subdirección Operativa de la Dirección General de Sanidad

SECRETARIA DE MARINA

Dirección General de Sanidad Naval

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Unidad de Contabilidad Gubernamental e Informes sobre la Gestión Pública

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

Dirección de Prestaciones Médicas

Dirección de Planeación y Finanzas

Coordinación de Salud Pública

Coordinación de Salud Reproductiva

Coordinación General del Programa IMSS-Oportunidades

División de Prevención y Control de Enfermedades

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

Subdirección General Médica

Subdirección General de Finanzas

Subdirección de Planeación Financiera y Evaluación Institucional

PETROLEOS MEXICANOS

Unidad de Planeación, Normatividad e Innovación

SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA

Dirección General

Subdirección de Informática

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA, GEOGRAFIA E INFORMATICA

Dirección General de Estadística

ORGANISMOS PRIVADOS

Centro Hospitalario Nuevo Sanatorio Durango

Grupo Angeles, Servicios de Salud

Hospital ABC

Asociación Mexicana de Hospitales, A.C.

Asociación Nacional de Hospitales Privados, A.C.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones y abreviaturas

  5. Generalidades

  6. Flujos de información

  7. Aspectos específicos

  8. Subsistema de población y cobertura

  9. Subsistema de recursos humanos, físicos y financieros

  10. Subsistema de servicios otorgados

  11. Subsistema de daños a la salud

  12. Subsistema de evaluación del desempeño

  13. Solicitud de información

  14. Acceso, difusión y uso de la información en salud

  15. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

  16. Bibliografía

  17. Observancia de la Norma

  18. Vigencia

  19. Introducción

    Tradicionalmente la generación de información en salud en nuestro país, ha venido incorporando información estadística de por lo menos 10 sistemas, con diferentes formatos de captura, glosarios de términos y periodos de levantamiento en distintos momentos que responden a objetivos e intereses de cada institución en particular. Existen vacíos de información en el sector privado, en recursos financieros, y en los rubros de recursos físicos y humanos la información es incompleta y deficiente.

    La generación de información en salud en México debe responder a los cambios en los perfiles demográfico y epidemiológico del país, y a las transformaciones de las instituciones de atención a la salud que han incorporado nueva metodología, tecnología e indicadores para transitar de una multiplicidad de sistemas institucionales de información a un Sistema Nacional de Información en Salud.

    La aplicación de esta NOM permitirá contar un sistema único, oportuno e integrador, que administre los datos, la información y los conocimientos que sirvan de apoyo para conformar un sistema de salud universal y equitativo; de alta calidad y anticipatorio; descentralizado y participativo que oriente el proceso de planeación, la gestión de programas y servicios y en general la toma de decisiones.

  20. Objetivo y campo de aplicación

    Objetivo

    1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los criterios para obtener, integrar, organizar, procesar, analizar y difundir la información en salud, en lo referente a población y cobertura, recursos disponibles, servicios otorgados, daños a la salud y evaluación del desempeño del SNS.

    Campo de aplicación

    1.2 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para establecimientos y personas físicas y morales del SNS de los sectores público, social y privado que proporcionen servicios de atención a la salud.

  21. Referencias

    Para la correcta aplicación de esta Norma, es necesario consultar las siguientes normas oficiales mexicanas:

    2.1 NOM-007-SSA2-1993, Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio.

    2.2 NOM-017-SSA2-1994, Para la vigilancia epidemiológica.

    2.3 NOM-168-SSA1-1998, Del expediente clínico.

    2.4 NOM-178-SSA1-1998, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.

    2.5 NOM-197-SSA1-2000, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales generales y consultorios de atención médica especializada.

  22. Definiciones y abreviaturas

    Para efecto de esta Norma Oficial Mexicana se entiende por:

    3.1 Afección principal, a la situación diagnosticada al final del proceso de atención de la salud como la causante primaria de la necesidad de tratamiento o investigación que tuvo el paciente. Si hay más de una afección así caracterizada, debe seleccionarse la que se considera causante del mayor uso de recursos. Si no se hizo ningún diagnóstico, debe seleccionarse el síntoma principal, hallazgo anormal o problema más importante como afección principal.

    3.2 Afección secundaria, a la afección o afecciones que coexistieron o se desarrollaron durante el periodo de atención y afectaron el tratamiento del paciente, excluye aquellas que hayan afectado anteriormente al paciente y que no inciden en el episodio actual de atención.

    3.3 Alta de corta estancia, a la acción que indica que una persona sale de un servicio donde su permanencia es menor a 24 horas y su atención no implicó el uso de cama censable, es decir estuvo en el servicio de corta estancia. Esta puede clasificarse en quirúrgica y no quirúrgica y no genera egreso hospitalario y por lo tanto tampoco día estancia.

    3.4 Atención a la salud, servicio de atención a la salud, al conjunto de acciones coordinadas de promoción y de educación para la salud, protección específica, detección, limitación del daño, atención médica de enfermedades y rehabilitación, que se desarrollan por interacción de diferentes grupos profesionales y técnicos, con el fin de preservar la salud del individuo o recuperarla, en conjunto con la familia o la comunidad.

    3.5 Banco de sangre, al servicio auxiliar constituido por el área o local con instalaciones, mobiliario y equipo y con personal especializado y de apoyo, destinado a la obtención, procesamiento, conservación y distribución de sangre y sus derivados.

    3.6 Cama censable, a la cama en servicio instalada en el área de hospitalización para el uso regular de pacientes internos; debe contar con los recursos indispensables de espacio, así como los recursos materiales y de personal para la atención médica del paciente...

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