Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-040-SSA2-2003, En materia de información en salud
Fecha de disposición | 08 Marzo 2004 |
Fecha de publicación | 08 Marzo 2004 |
Emisor | SECRETARIA DE SALUD |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-040-SSA2-2003, En materia de información en salud.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-040-SSA2-2003, EN MATERIA DE INFORMACION EN SALUD.
ROBERTO TAPIA CONYER, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción X, 7o. fracciones V y X, 13 apartado A fracción I, 104, 105, 106, 107, 108, 109 y 140 de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 40 fracción XI, 41 y 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o., 3o. fracción I, 7o. fracción VII, 38, 39, 40, 41, 42, 43 y 45 de la Ley de Información Estadística y Geográfica; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 8 fracciones V y XVI, 10 fracciones VII y XVI, y 45 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, he tenido a bien ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación, del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-040-SSA2-2003, En materia de Información en Salud.
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que los interesados, dentro de los siguientes 60 días naturales contados a partir de la fecha de su publicación, presenten sus comentarios por escrito ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, sito en Lieja número 7, 1er. piso, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06696, México, D.F., teléfono y fax 52-86-53-55, correo electrónico: pce@salud.gob.mx.
Durante el lapso mencionado y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Manifestación de Impacto Regulatorio del presente Proyecto de Norma, estará a disposición del público, para su consulta, en el domicilio del Comité.
PREFACIO
En la elaboración de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana participaron:
SECRETARIA DE SALUD
Subsecretaría de Innovación y Calidad
Subsecretaría de Prevención y Protección de la Salud
Subsecretaría de Relaciones Institucionales
Coordinación General de Planeación Estratégica
Dirección General de Calidad y Educación en Salud
Dirección General de Equidad y Desarrollo en Salud
Dirección General de Promoción de la Salud
Dirección General de Salud Reproductiva
Dirección General de Información y Evaluación del Desempeño
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica
Dirección General Adjunta de Epidemiología
Instituto Nacional de Salud Pública
Secretaría de Salud del Gobierno del Distrito Federal
Dirección General de los Servicios de Salud en el Estado de Hidalgo
Secretaría de Salud del Estado de Jalisco
Secretaría de Salud del Estado de Michoacán
Dirección General de los Servicios de Salud y Secretaría de Salud en el Estado de Nayarit
Secretaría de Salud Estado de Oaxaca
Secretaría de Salud y Dirección General de Servicios de Salud del Estado de Puebla
Secretaría de Salud Pública del Estado de Sonora
Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios de Salud del Estado de Tlaxcala
Dirección General de Servicios de Salud del Estado de Zacatecas
SECRETARIA DE GOBERNACION
Secretaría General del Consejo Nacional de Población
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
Subdirección Operativa de la Dirección General de Sanidad
SECRETARIA DE MARINA
Dirección General de Sanidad Naval
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Unidad de Contabilidad Gubernamental e Informes sobre la Gestión Pública
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Dirección de Prestaciones Médicas
Dirección de Planeación y Finanzas
Coordinación de Salud Pública
Coordinación de Salud Reproductiva
Coordinación General del Programa IMSS-Oportunidades
División de Prevención y Control de Enfermedades
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
Subdirección General Médica
Subdirección General de Finanzas
Subdirección de Planeación Financiera y Evaluación Institucional
PETROLEOS MEXICANOS
Unidad de Planeación, Normatividad e Innovación
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
Dirección General
Subdirección de Informática
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA, GEOGRAFIA E INFORMATICA
Dirección General de Estadística
ORGANISMOS PRIVADOS
Centro Hospitalario Nuevo Sanatorio Durango
Grupo Angeles, Servicios de Salud
Hospital ABC
Asociación Mexicana de Hospitales, A.C.
Asociación Nacional de Hospitales Privados, A.C.
INDICE
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Introducción
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Objetivo y campo de aplicación
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Referencias
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Definiciones y abreviaturas
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Generalidades
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Flujos de información
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Aspectos específicos
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Subsistema de población y cobertura
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Subsistema de recursos humanos, físicos y financieros
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Subsistema de servicios otorgados
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Subsistema de daños a la salud
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Subsistema de evaluación del desempeño
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Solicitud de información
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Acceso, difusión y uso de la información en salud
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Concordancia con normas internacionales y mexicanas
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Bibliografía
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Observancia de la Norma
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Vigencia
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Introducción
Tradicionalmente la generación de información en salud en nuestro país, ha venido incorporando información estadística de por lo menos 10 sistemas, con diferentes formatos de captura, glosarios de términos y periodos de levantamiento en distintos momentos que responden a objetivos e intereses de cada institución en particular. Existen vacíos de información en el sector privado, en recursos financieros, y en los rubros de recursos físicos y humanos la información es incompleta y deficiente.
La generación de información en salud en México debe responder a los cambios en los perfiles demográfico y epidemiológico del país, y a las transformaciones de las instituciones de atención a la salud que han incorporado nueva metodología, tecnología e indicadores para transitar de una multiplicidad de sistemas institucionales de información a un Sistema Nacional de Información en Salud.
La aplicación de esta NOM permitirá contar un sistema único, oportuno e integrador, que administre los datos, la información y los conocimientos que sirvan de apoyo para conformar un sistema de salud universal y equitativo; de alta calidad y anticipatorio; descentralizado y participativo que oriente el proceso de planeación, la gestión de programas y servicios y en general la toma de decisiones.
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Objetivo y campo de aplicación
Objetivo
1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los criterios para obtener, integrar, organizar, procesar, analizar y difundir la información en salud, en lo referente a población y cobertura, recursos disponibles, servicios otorgados, daños a la salud y evaluación del desempeño del SNS.
Campo de aplicación
1.2 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para establecimientos y personas físicas y morales del SNS de los sectores público, social y privado que proporcionen servicios de atención a la salud.
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Referencias
Para la correcta aplicación de esta Norma, es necesario consultar las siguientes normas oficiales mexicanas:
2.1 NOM-007-SSA2-1993, Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio.
2.2 NOM-017-SSA2-1994, Para la vigilancia epidemiológica.
2.3 NOM-168-SSA1-1998, Del expediente clínico.
2.4 NOM-178-SSA1-1998, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.
2.5 NOM-197-SSA1-2000, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales generales y consultorios de atención médica especializada.
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Definiciones y abreviaturas
Para efecto de esta Norma Oficial Mexicana se entiende por:
3.1 Afección principal, a la situación diagnosticada al final del proceso de atención de la salud como la causante primaria de la necesidad de tratamiento o investigación que tuvo el paciente. Si hay más de una afección así caracterizada, debe seleccionarse la que se considera causante del mayor uso de recursos. Si no se hizo ningún diagnóstico, debe seleccionarse el síntoma principal, hallazgo anormal o problema más importante como afección principal.
3.2 Afección secundaria, a la afección o afecciones que coexistieron o se desarrollaron durante el periodo de atención y afectaron el tratamiento del paciente, excluye aquellas que hayan afectado anteriormente al paciente y que no inciden en el episodio actual de atención.
3.3 Alta de corta estancia, a la acción que indica que una persona sale de un servicio donde su permanencia es menor a 24 horas y su atención no implicó el uso de cama censable, es decir estuvo en el servicio de corta estancia. Esta puede clasificarse en quirúrgica y no quirúrgica y no genera egreso hospitalario y por lo tanto tampoco día estancia.
3.4 Atención a la salud, servicio de atención a la salud, al conjunto de acciones coordinadas de promoción y de educación para la salud, protección específica, detección, limitación del daño, atención médica de enfermedades y rehabilitación, que se desarrollan por interacción de diferentes grupos profesionales y técnicos, con el fin de preservar la salud del individuo o recuperarla, en conjunto con la familia o la comunidad.
3.5 Banco de sangre, al servicio auxiliar constituido por el área o local con instalaciones, mobiliario y equipo y con personal especializado y de apoyo, destinado a la obtención, procesamiento, conservación y distribución de sangre y sus derivados.
3.6 Cama censable, a la cama en servicio instalada en el área de hospitalización para el uso regular de pacientes internos; debe contar con los recursos indispensables de espacio, así como los recursos materiales y de personal para la atención médica del paciente...
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