Proyecto de decreto que reforma los artÃculos 145 y 311 del Código Nacional de Procedimientos Penales., de 19 de Julio de 2017
Iniciativas de Ciudadanos LegisladoresDe la Sen. Yolanda de la Torre Valdez, del Grupo Parlamentario de Partido Revolucionario Institucional, con proyecto de decreto que reforma los artículos 145 y 311 del Código Nacional de Procedimientos Penales.SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE JUSTICIA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS DE LA CÁMARA DE SENADORES.ASUNTO CONCLUIDO DE CONFORMIDAD CON EL "ACUERDO DE LA MESA DIRECTIVA PARA LA CONCLUSIÓN DE INICIATIVAS PRESENTADAS POR SENADORES QUE SE ENCUENTRAN PENDIENTES DE DICTAMEN EN LA CÁMARA DE SENADORES", DE FECHA 30 DE ABRIL DE 2018.Ver Sinopsis Español:El objetivo de esta reforma es solventar la laguna legal referente a la ejecución de la orden de aprehensión y con eso prevenir arbitrariedades en la utilización de dichas medidas procesales por parte de la autoridad.Synopsis in English:SYNOPSIS: The objective of this reform is to solve the legal loophole concerning the execution of the arrest warrant and with that to prevent arbitrariness in the use of these procedural measures by the authority.
Sen. Yolanda de la Torre Valdez |
“el apoderamiento de la persona para someterla a un estado de privación de libertad depositándola en una cárcel, prisión pública u otra localidad que preste la seguridad necesaria para que no se evada”Ahora bien, en caso de que la orden de aprehensión se autorice sin contar con la debida fundamentación y motivación constitucional y legal:
“constituye una grave e injustificada agresión contra los derechos fundamentales de la persona humana; en tanto que la orden de presentación, aun limitando momentáneamente la libertad, supone, por una parte, el rechazo del citatorio previo de la autoridad para que comparezca la persona voluntariamente y, por la otra, el cumplimiento de la obligación constitucional del Ministerio Público en la investigación de los delitos”En otras palabras, señalan diversos tratadistas, retomando decisiones jurisdiccionales de diversos sistemas acusatorios y mixtos de América Latina que la legitimación constitucional de la orden de aprehensión, estriba en “la existencia de indicios racionales de la comisión de un hecho punible cuyo autor o partícipe es la persona objeto de llamamiento por el órgano jurisdiccional, previo requerimiento del Ministerio Público”.La iniciativa pretende atender un vacio legal en el garantismo procesal a los derechos humanos de los detenidos por orden de aprehensión, al incorporar la verificación de la legalidad en la ejecución de la orden de aprehensión autorizada por el Juez de control y ejecutada por la Policía Ministerial.Se establece la obligación para que el Juez de control verifique, dentro de la audiencia inicial, la ejecución de dicha orden de aprehensión ajustada a los principios de menor lesividad, mínima intervención y dignidad humana, y los protocolos...
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