Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 49 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Fecha de registro14 Diciembre 2023
Autor de la iniciativaEstrella Rojas Loreto (PAN)
EstatusPendiente
SesiónNÚMERO. 38
LegislaturaLXV
Periodo ORDINARIO
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO, A CARGO DE
LA
SENADORA ESTRELLA
ROJAS LORETO POR
EL
QUE SE REFORMA
LA
LEY GENERAL DE LOS DERECHOS
DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, EN MATERIA
DE
DERECHOS PROCESALES
PENALES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, ASI COMO DE SUS
REPRESENTANTES LEGALES
La
suscrita, senadora Estrella Rojas
Loreto,
de
la
LXV
Legislatura del Congreso
de
la
Unión
e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. con fundamento
en
lo
dispuesto por
el
artículo
71,
fracción
11,
de
la
Constitución Política
de
los
Estados Unidos
Mexicanos, y por
los
artículos
8,
numeral1. fracción
1,
y 164 del Reglamento del Senado
de
la República, someto a la consideración de esta Asamblea la presente Iniciativa con
proyecto
de
decreto que reforma
el
artículo
49
de
la
Ley
General
de
los
Derechos
De
Nifias,
Niños
y Adolescentes,
al
tenor
de
la
siguiente:
Exposición
de
Motivos
"Los derechos de la infancia están plenamente estipulados
en
la Convención sobre los
Derechos del Niño (CON). Elaborada durante 1 O años con las aportaciones de
representantes de diversas sociedades, culturas y religiones, la Convención fue aprobada
como tratado internacional de derechos humanos el
20
de noviembre
de
1989."1
En
su
artículo 19,
la
CON
estipula
lo
siguiente:
"1. Los estados parte adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y
educativas apropiadas para proteger
al
niño contra toda forma
de
perjuicio o abuso flsico o
mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual,
mientras el niño se encuentre bajo
la
custodia de los padres, de un representante legal o
de cualquier otra persona que
lo
tenga a su cargo.
2. Esas medidas de protección deberían comprender, según corresponda, procedimientos
eficaces para el establecimiento de programas sociales con objeto de proporcionar la
asistencia necesaria
al
niño y a quienes cuidan de
él,
así como para otras formas de
prevención y para la identificación, notificación, remisión a una institución, investigación,
1 Véase: https://www.un.orgfes/events/childrenday/pdf/derechos.pdf consultado el16 de junio d 2023.
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