Proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 40 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente., de 13 de Marzo de 2018

 IniciativasDe los Senadores Luis Armando Melgar Bravo y Silvia Guadalupe Garza Galván, con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 40 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.SE TURNó A LAS COMISIONES UNIDAS DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, SEGUNDA.Ver Sinopsis Español:El objeto de la iniciativa es promover la implementación de sistemas de manejo ambiental y programas relacionados con la sustentabilidad en empresas de cualquier tipo, que tengan actividades en el territorio nacional.Synopsis in English:The purpose of the initiative is to promote the implementation of environmental management systems and programs related to sustainability in companies of any kind that have activities in the national territory.

Sen. Luis Armando
Melgar Bravo
Sin Grupo
Sen. Silvia Guadalupe
Garza Galván
SENADO DE LA REPÚBLICALXIII LEGISLATURAEl que suscribe,SENADOR LUIS ARMANDO MELGAR BRAVO, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura de la Cámara de Senadores, de conformidad con lo previsto en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción I, 164 y 169 del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración de esta Soberanía, la presenteINICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SEADICIONA UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 40 DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE, con base en la siguiente:EXPOSICIÓN DE MOTIVOSLos Sistemas de Manejo Ambiental (SMA) iniciaron su aplicación en la Administración Pública Federal en 1997 y se utilizaron de manera general a partir de 1999, al publicarse losLineamientos y Estrategias Generales para Fomentar el Manejo Ambiental de los Recursos en las Oficinas Administrativas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.[*]Posteriormente, en 2003 se reformó el artículo 17 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), para establecer que “la Administración Pública Federal, el Poder Legislativo Federal y el Poder Judicial de la Federación, expedirán los manuales de sistemas de manejo ambiental, que tendrán por objeto la optimización de los recursos materiales que se emplean para el desarrollo de sus actividades, con el fin de reducir costos financieros y ambientales”.Acatando esta disposición, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) publicó en 2003 su SMA, denominado “Programa de Administración Sustentable”, el cual tiene los siguientes objetivos:[*]* Disminuir el impacto negativo sobre el medio ambiente de nuestras actividades cotidianas laborales.  * Incorporar criterios ambientales en las políticas y procedimientos administrativos.   * Lograr un consumo óptimo de energía eléctrica, agua, papel y materiales de oficina, así como el manejo adecuado de los desperdicios.   * Fomentar una responsabilidad ambiental en todos y cada uno de los empleados.   * Fortalecer la imagen de la Secretaría, siendo ejemplo para las...

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