Protege la Suprema Corte a concubinas

AutorVíctor Fuentes

La Suprema Corte de Justicia determinó que las concubinas que tuvieron hijos con un derechohabiente del Seguro Social tienen derecho a recibir la pensión de viudez, si ellas no están casadas y el hombre en cuestión también estaba libre de matrimonio al morir.

Luego de varias sesiones de discusión, y en una apretada votación de tres contra dos, la segunda sala de la Corte aprobó el pasado miércoles una tesis de jurisprudencia que regirá de manera obligatoria en todos los litigios futuros en la materia.

"Procede el otorgamiento de pensión por viudez en favor de la concubina cuando haya tenido hijos con el asegurado, si en la fecha de su fallecimiento estaba libre de matrimonio", indica la resolución.

La Corte resolvió una contradicción de tesis entre tribunales colegiados de circuito que emitieron criterios opuestos al interpretar el artículo 130 de la Ley del Seguro Social.

El artículo establece que la concubina que tuvo hijos con un hombre tiene derecho a la pensión de viudez, "siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato". Es decir, la ley excluye a mujeres que mantienen una relación constante...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR