Se prorroga hasta abril, presentar la nueva declaración informativa por operaciones en efectivo mayores a $100,000

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Existen sectores o actividades económicas, como el inmobiliario, la adquisición de productos de lujo, así como las que se realizan a través de personas morales no lucrativas, o con la utilización de servicios característicos de ciertas profesiones, en las que se efectúan inversiones disfrazadas de legitimas, y que los contribuyentes no están obligados a informar a las autoridades competentes de las operaciones que realizan o de las operaciones que tienen conocimiento y que podrían estar relacionadas con actividades delictivas.

En virtud de lo anterior y con objeto de establecer mecanismos que permitan a las autoridades fiscales contar con mayores herramientas para combatir el crimen organizado y el lavado de dinero, a partir de 2006 los siguientes contribuyentes deben presentar una nueva declaración informativa:

[ VEA LA TABLA EN EL PDF ADJUNTO ]

Esta obligación se cumplirá a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante reglas de carácter general y a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en que se realice la operación. En las referidas reglas se podrán establecer supuestos en los que no sea necesario presentar la información aludida.

La información que las autoridades fiscales obtengan mediante el cumplimiento por parte de los...

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