Se propone que el juicio de nulidad proceda en contra de todos los actos que componen el procedimiento administrativo de ejecución

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En sesión privada del 2 de septiembre del año en curso, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la contradicción de tesis No. 76/2005-SS, para conformar la jurisprudencia 2a./J. 109/2005, cuyo rubro es el siguiente:

Juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Procede exclusivamente contra la resolución que concluye el procedimiento administrativo de ejecución.

En esta tesis se indica que el procedimiento administrativo de ejecución se integrará por actos concatenados que concluyan con la resolución que apruebe o desapruebe el remate de los bienes embargados; por tanto, el juicio de nulidad procederá única y exclusivamente contra tal resolución.

Al respecto, el 25 de octubre pasado, el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, sometió a la consideración de la Cámara de Diputados una iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, así como los artículos 141, 145, 164, 191 y 208-Bis del Código Fiscal de la Federación. Con dicha iniciativa se propone una reforma legal...

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