Ley de la Propiedad Industrial. Se publica decreto que la reforma

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En el DOF del 18 de junio, la SE publicó el Decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley de la Propiedad Industrial, mismo que entrará en vigor a los 90 días de su publicación, es decir, el 17 de septiembre de 2010. De las modificaciones destacan las siguientes:

  1. Se reformó el artículo 12, fracción IV, de la Ley de la Propiedad Industrial (LPI), para señalar que se entenderá por aplicación industrial a la posibilidad de que una invención tenga una utilidad práctica o pueda ser producida o utilizada en cualquier rama de la actividad económica, para los fines que se describan en la solicitud. Antes de la publicación en cita, no se hacía referencia a que las invenciones podrían tener una utilidad práctica.

  2. Se reformó el artículo 47, fracción I, de la LPI, a fin de establecer que a la solicitud de patente, entre otros requisitos, deberá acompañarse la información que ejemplifique la aplicación industrial del invento. Antes, no se solicitaba dicha información.

  3. Se reformó el artículo 59, fracción VI, de la LPI, con objeto de disponer que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en la constancia que expida cuando otorgue una patente, entre otros datos, deberá incluir la vigencia y la fecha...

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