Programa institucional 2020-2024 del fideicomiso de riesgo compartido

Número de expediente12/0086/110920
Fecha de registro11 Septiembre 2020
EmisorSAGARPA - Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación









1. Índice.


1. Índice. 1

2. Fundamento normativo de la elaboración del programa. 2

3. Siglas y acrónimos. 4

4. Origen de los recursos para la instrumentación del programa. 5

5.- Análisis del estado actual. 6

6.- Objetivos Prioritarios. 9

7. Estrategias prioritarias y acciones puntuales. 12

8. Metas para el bienestar y parámetros. 14

9. Epílogo: Visión de Largo Plazo. 26











2. Fundamento normativo de la elaboración del programa.

El Artículo 26, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional y que los programas de la Administración Pública Federal se sujetarán obligatoriamente al Plan Nacional de Desarrollo.

Asimismo, el artículo 27, fracción XX prevé que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación en el desarrollo nacional y que fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de a tierra, con obras de infraestructura, insumos, crédito, servicios de capacitación y asistencia técnica para garantizar el abasto de alimentos a la población.

Por su parte, la Ley de Planeación en su Artículo 17 establece que las entidades paraestatales deberán elaborar sus respectivos programas institucionales, en los términos previstos en esa Ley, así como en lo dispuesto en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales o en su caso, por las disposiciones que regulen su organización y funcionamiento, atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente y observando en lo conducente las variables ambientales, económicas, sociales y culturales respectivas.

La Ley de Desarrollo Rural Sustentable en su Artículo 7º establece que para impulsar el desarrollo rural sustentable, el Estado promoverá la capitalización del sector mediante obras de infraestructura básica y productiva y de servicios a la producción así como a través de apoyos directos a los productores, que les permitan realizar las inversiones necesarias para incrementar la eficiencia de sus unidades de producción, mejorar sus ingresos y fortalecer su competitividad.

En su Artículo 9º, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal ordena a las dependencias y entidades de la Administración Pública Centralizada y Paraestatal conducir sus actividades en forma programada, con base en las políticas que para el logro de los objetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo, establezca el Ejecutivo Federal.

Ley Federal de Entidades Paraestatales y su Reglamento en su Artículo 47 establece que las entidades paraestatales, para su desarrollo y operación, deberán sujetarse a la Ley de Planeación, al Plan Nacional de Desarrollo, a los programas sectoriales que se deriven del mismo y a las asignaciones de gasto y financiamiento autorizadas. Dentro de tales directrices las entidades formularán sus programas institucionales a corto, mediano y largo plazos. Y el Artículo 48 ordena que la programación institucional de la entidad deberá contener la fijación de objetivos y metas, los resultados económicos y financieros esperados así como las bases para evaluar las acciones que lleve a cabo.

El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 ha fijado como meta para 2024 alcanzar el 86% de participación en el consumo nacional, para lo cual mandata lograr la autosuficiencia alimentaria y el rescate al campo.

De acuerdo con el Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020-2024, en el nuevo modelo de desarrollo la política agroalimentaria sentará las bases para lograr la autosuficiencia alimentaria y rescatar los sectores agrícola, pecuario, pesquero y acuícola de la situación en que se encuentran. El sector se consolidará como uno de los principales motores de la economía nacional, como fuente de bienestar para las personas que habitan en los territorios rurales, periurbanos y costeros del país y como promotor de una transición hacia sistemas productivos que consideran la protección y la conservación de los recursos para las generaciones futuras. De esa manera, a través de la inclusión financiera de los pequeños y medianos productores, se estará contribuyendo al logro del ODS 2 “Hambre Cero”, que consigna que el aumento de la productividad agrícola y la producción alimentaria sostenible son cruciales para ayudar a aliviar los riesgos del hambre.

El decreto presidencial publicado en el DOF el 3 de marzo de 1981 ordena la constitución del Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO) y el decreto presidencial que lo regula publicado en el DOF el 6 de agosto de 2004, establece como mandato el fomento a los agronegocios, el desarrollo rural por microcuencas y realizar funciones de agente técnico en programas del sector agropecuario y pesquero.

3. Siglas y acrónimos.





AGRICULTURA.

Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

DOF.

Diario Oficial de la Federación.

FAO.

Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura.

FIRCO.

Fideicomiso de Riesgo Compartido, creado por decreto presidencial, sectorizado en AGRICULTURA.

GEI.

Gases de Efecto Invernadero.

INEGI.

Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

PND.

Plan Nacional de Desarrollo.

SIAP.

Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera.

UPR.

Unidades de Producción Rural.





4. Origen de los recursos para la instrumentación del programa.

La totalidad de las acciones que se consideran en este programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus Objetivos prioritarios, Estrategias prioritarias y Acciones puntuales, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación u operación de dichas acciones, y el seguimiento y reporte de las mismas, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado de los ejecutores de gasto participantes en el programa, mientras éste tenga vigencia.

5.- Análisis del estado actual.

Problema público que se busca atender.

El modelo agroexportador mexicano aún con todas sus ventajas ha tenido efectos contrastantes que han creado disparidades entre las distintas regiones, mismas que deben ser atendidas para lograr un desarrollo más incluyente. Por ejemplo, en la región productiva Sur-Sureste, el ingreso per cápita es 2.2 veces menor que en la región del Noroeste del país (INEGI, 2015). Asimismo, mientras que en 1980 la diferencia entre la región que más aportaba al PIB primario nacional y la que menos aportaba era de 1.3 puntos porcentuales, más recientemente en 2018, esta diferencia es de 14.0 puntos porcentuales, siendo la región Sur Sureste la que se encuentra en el último lugar (INEGI, 2017).

Existen comuneros, ejidatarios y campesinos tradicionalmente excluidos de los apoyos gubernamentales, con muy limitado acceso al crédito y a los avances tecnológicos, por lo que sus posibilidades de alcanzar un mayor bienestar se han visto limitadas ante una política que no ha reconocido su potencial productivo, así como a problemas estructurales que limitan su acceso a financiamientos.

En las zonas rurales existen 5.4 millones de UPR, de las cuales el 80% son negocios familiares o de muy pequeña escala y casi en su totalidad se dedican exclusivamente a la producción primaria con muy bajo nivel de capitalización sobre todo en las UPR de pequeña escala y técnicas productivas muy precarias. Solamente el 40% de ellas utiliza maquinaria agrícola y de ellas el 89% la tienen que rentar. Asimismo, solo el 28% del total cuenta con sistemas de riego y no más del 41% tiene acceso a la asistencia técnica.

En distintos foros se ha comentado que una de las principales causas de la descapitalización y baja rentabilidad del campo se debe a que los pequeños productores “compran caro y venden barato” porque acceden de manera individual al último eslabón de la cadena de abasto de insumos, de maquinaria y equipo y venden en el primer eslabón de la cadena agroalimentaria a precios muy bajos. De esa manera, la producción primaria se beneficia solo con el 10% del valor final.

En términos de sustentabilidad y riesgos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR