Programa Estatal de Desarrollo Urbano 2004 - 2009 Visión al 2030

Fecha de disposición30 Junio 2007
Fecha de publicación30 Junio 2007
SecciónAnexos
Número de Gaceta29

DEL GOBIERNO DEL ESTADO

PODER EJECUTIVO

PROGRAMA

ESTATAL DE DESARROLLO URBANO 2004 - 2009 VISIÓN AL 2030.

JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y CONSIDERANDO

PRIMERO.-

Que mediante oficio número 01.222/07, de fecha 25 de mayo del año 2007, y recibido en la Dirección General de Gobierno el día 6 de junio del mismo año, el Secretario de Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", de la síntesis del "Programa Estatal de Desarrollo Urbano 2004-2009 Visión al 2030", el cual es promovido por el Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Urbano.

SEGUNDO.-

Que conforme lo establece el artículo 19, fracción I, de la Ley de Asentamientos Humanos vigente en el Estado, el cual otorga al Gobernador, entre otras, la facultad de "Ordenar la elaboración, ejecución, control, revisión y evaluación de los Programas Estatales de Desarrollo Urbano, así como de los demás que de estos se deriven", y considerando que la Secretaría de Desarrollo Urbano, es "la dependencia de la Administración Pública Estatal competente en materia de Desarrollo Urbano", según el artículo 5, fracción III, de la Ley que nos ocupa, ésta última, llevó a cabo la elaboración del "Programa Estatal de Desarrollo Urbano 2004-2009 Visión al 2030", mismo que fue ampliamente consensuado con los sectores sociales representativos en esta materia, ya que, como lo establece el artículo 46 de la Ley ya mencionada, fue elaborado, aprobado, ejecutado, controlado y evaluado por el Gobernador del Estado, mediante la coordinación que para el efecto estableció la Secretaría ya mencionada con otras dependencias estatales y federales, con los Ayuntamientos de la Entidad y la Comisión Estatal, según información proporcionada por la Secretaría de Desarrollo Urbano, que se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el C. Ing. Eduardo Gutiérrez Navarrete, Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción I, en coordinación con el X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del "Programa Estatal de Desarrollo Urbano 2004-2009 Visión al 2030", según consta en el oficio de petición que se menciona en el Considerando Primero del presente Acuerdo.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", la síntesis del "Programa Estatal de Desarrollo Urbano 2004-2009 Visión al 2030", de conformidad como se menciona en el considerando anterior.

En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", de la síntesis del "Programa Estatal de Desarrollo Urbano 2004-2009 Visión al 2030", mismo que fue ampliamente consensuado con los sectores sociales representativos en esta materia, ya que, como lo establece el artículo 46 de la Ley de Asentamientos Humanos vigente en el Estado, fue elaborado, aprobado, ejecutado, controlado y evaluado por el Gobernador del Estado, mediante la coordinación que para el efecto estableció la Secretaría de Desarrollo Urbano con otras dependencias estatales y federales, con los Ayuntamientos de la Entidad y la Comisión Estatal.

T R A N S I T O R I O S

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día 25 (veinticinco) de junio del año dos mil siete.

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Atentamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS. Rúbrica. EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. HÉCTOR MICHEL CAMARENA. Rúbrica. EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ING. EDUARDO GUTIÉRREZ NAVARRETE. Rúbrica.

PRESENTACIÓN

El Desarrollo Urbano se enfrenta actualmente a las dificultades propias de la expansión física y poblacional de las ciudades; por un lado, los volúmenes crecientes de población acentúan la gravedad de los rezagos en materia de infraestructura, pero por otro lado incrementan la demanda de suelo urbanizado ejerciendo una fuerte presión de crecimiento y expansión sobre las áreas urbanas de las ciudades. Esto es sin duda producto de la constante migración del campo a las ciudades en busca de mejores oportunidades de empleo, vivienda, educación, recreación, y en general de mejores condiciones de vida.

La población manifiesta una tendencia acelerada, tanto de crecimiento como de concentración desproporcionado entre sus áreas rurales y urbanas, con consecuencias críticas para esta última, que conducen, además, a un precipitado aumento en la demanda de servicios: vivienda, empleo, esparcimiento, educación, espacios vitales, seguridad y otras, ante una oferta no acorde para brindar los satisfactores requeridos.

La ciudad, escenario de los esfuerzos de civilización del hombre, hoy se presenta como un reto para las condiciones de vida en el futuro. La población al ir en incremento, ha desequilibrado el entorno y el medio ambiente. Los modelos actuales de urbanización, soportes del desarrollo, se han convertido en altos consumidores de energía, recursos naturales y como consecuencia, en altos generadores de desechos y contaminantes.

El alto crecimiento de la población, tiende a concentrarse principalmente en las ciudades y sus áreas de influencia (proceso de metropolización), no siendo ya posible abordar la solución de los problemas sociales, sin considerar, a la vez, los impactos ambientales de un patrón de ocupación del suelo sin límites, soportado por una economía de libre mercado, sectorizada y cortoplacista.

Asimismo, el equipamiento urbano, referido al conjunto de inmuebles e instalaciones dedicadas a procurar el bienestar de la colectividad, sufre severos retrasos producto de esta concentración desproporcionada y de la carencia tanto de espacios adecuados para su instalación, como de recursos para construirlos, privando con ello a importantes núcleos poblacionales del bienestar que debe caracterizar a las sociedades de nuestro tiempo.

Si aceptamos que la organización territorial de las actividades humanas es el hilo conductor del desarrollo, especialmente si se habla de imprimir racionalidad ambiental a las acciones humanas, y que el funcionamiento de las ciudades y regiones se materializa en la geografía por medio de las actividades productivas y sociales, afectando por lo tanto, los niveles de vida de sus habitantes, debemos entonces cambiar nuestra filosofía de la planeación del desarrollo urbano y regional, y basarla en consecuencia, en la capacidad de formular objetivos de desarrollo con una visión integral y de largo plazo, estableciendo compatibilidades entre medio ambiente, necesidades socioculturales y economía.

Por todo esto, y con fundamento en las disposiciones de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, el Gobierno del estado ha elaborado el Plan Estatal de Desarrollo Urbano 2004-2009, que no obstante obedecer a un periodo sexenal de gobierno, se presenta con una visión del territorio estatal al 2030. Este documento plantea alcanzar el equilibrio en los niveles de calidad de vida y a la vez, racionalizar el uso y aprovechamiento del suelo, que conlleve a la optimización de los recursos naturales y al logro de la distribución armónica de la población y de las actividades productivas.

En síntesis, este instrumento tiene como objetivo fundamental ordenar el desarrollo urbano del estado, la conservación y mejoramiento de sus áreas y el establecimiento de las normas conforme a las cuales el gobierno del estado ejercerá sus atribuciones para determinar las provisiones, reservas, usos y destino de dichas áreas.

El programa, se ha concebido como un proceso de interacción continuo entre los tres niveles de gobierno, y se traduce en la concepción de estrategias, que permiten la relación directa que existe entre los distintos tipos de planes, mismos que habrán de concentrarse en la definición de acciones e inversiones orientadas y complementarias al logro de sus objetivos.

ANTECEDENTES

ANTECEDENTES DE LA PLANEACIÓN ESTATAL

El marco jurídico y administrativo en materia de desarrollo urbano y en el cual se suscribe el presente Programa se empezó a construir con la promulgación, a nivel federal, de la Ley General de Asentamientos Humanos en 1976. En la misma se definió el régimen de planeación y las atribuciones de cada uno de los niveles de gobierno. Derivado de estas premisas jurídicas se promulgaron la Ley de Desarrollo Urbano del Estado en 1976 y la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, en 1994, en las que se fundamentaron respectivamente el anterior y el actual Programa, los cuales se realizan con un distanciamiento de más de veinte años entre ellos.

OBJETIVOS DEL PROGRAMA

Los objetivos del Programa Estatal de Desarrollo Urbano en concordancia con aquellos que estable la Ley Estatal de Asentamientos Humanos son los siguientes:

* Apoyar a los municipios del Estado en la atención a los requerimientos de infraestructura básica, para la construcción de obras que fomenten e incentiven el desarrollo de la población...

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