Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Morelia 2010

Fecha de publicación14 Julio 2010
EstadoMichoacán
MunicipioMorelia
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CXLIX Morelia, Mich., Miércoles 14 de Julio del 2010 NUM. 52
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Mtro. Leonel Godoy Rangel
Secretario de Gobierno
Mtro. Fidel Calderón Torreblanca
Director del Periódico Oficial
Lic. José Calderón González
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 22 páginas
Precio por ejemplar:
$ 13.50 del día
$ 20.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Director: Lic. José Calderón González
C O N T E N I D O
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL
DE MORELIA, MICH.
PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO
DE POBLACIÓN DE MORELIA 2010
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 SEGUNDA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
CIUDADANOS
INTEGRANTES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DE MORELIA, EN PLENO
Visto para resolver la procedencia del Programa de Desarrollo Urbano del Centro
de Población de Morelia 2010, que contiene la propuesta de adecuaciones,
resultante de la revisión al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población
de Morelia 2004, realizado bajo la coordinación del Instituto Municipal de
Desarrollo Urbano de Morelia, de acuerdo a lo preceptuado para ése propósito en
el Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo; para
solventar el planteamiento de mérito, la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras
Públicas, solicita al Secretario del Honorable Ayuntamiento, que en cumplimiento
a lo que dispone el artículo 38 del Reglamento Interno de Sesiones y
Funcionamiento de Comisiones del H. Ayuntamiento de Morelia, dé lectura al
presente Dictamen, sometiéndolo desde luego a la consideración, discusión y
votación de los miembros del H. Ayuntamiento, a fin de que éste resuelva de
conformidad con el artículo 33 del Bando de Gobierno Municipal de Morelia,
citando para tal efecto los siguientes:
A N T E C E D E N T E S
1.- En seguimiento a la política nacional de implementar la planeación del
desarrollo urbano de los asentamientos humanos, el 31 de mayo de 1983
(y de conformidad con la legislación en la materia entonces vigente), el
Congreso del Estado aprobó el primer Plan Director de Desarrollo Urbano
de Morelia, a efecto de ordenar, regular y controlar los asentamientos
humanos de este centro de población.
2.- El 21 de julio de 1987 el H. Ayuntamiento de Morelia, en uso de las
atribuciones que las leyes le conferían, autorizó la primera modificación al
PERIODICO OFICIAL
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Miércoles 14 de Julio del 2010. 2a. Secc.
Plan Director de Desarrollo Urbano antes
mencionado.
3.- En el año de 1991 se procedió a revisar el Plan
Director de Desarrollo Urbano; como resultado de la
revisión se actualizó el documento.
4.- El 13 de mayo de 1999, se publica en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado la nueva actualización
del Programa de Desarrollo Urbano de la Ciudad de
Morelia (1998-2015).
5.- Derivado de una nueva revisión y actualización del
Programa anterior, el H. Ayuntamiento de Morelia,
con fecha 18 de noviembre de 2004 aprueba el
Programa de Desarrollo Urbano del Centro de
Población de Morelia 2004; por lo que.
C O N S I D E R A N D O
I. Que esta Comisión de Desarrollo Urbano y Obras
Públicas del Honorable Ayuntamiento de Morelia,
es competente para emitir el presente Dictamen, de
conformidad con lo que dispone el artículo 45 de la
así como el Oficio donde se dispuso el turno del
asunto de mérito a los integrantes de la misma;
II. Que de acuerdo con lo indicado en los artículos 33 y
34 del Reglamento Interno de Sesiones y
Funcionamiento de Comisiones del H. Ayuntamiento
de Morelia, el presente Dictamen cumple con los
requisitos de forma y fondo;
III. Que el artículo 115 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su fracción V, otorga
atribuciones a los municipios para formular, aprobar
y administrar la zonificación y los Planes de
Desarrollo Urbano Municipal; así como participar
en la creación y administración de las reservas
territoriales; controlar y vigilar la utilización del suelo
en sus jurisdicciones territoriales; que igualmente
los faculta para que expidan los reglamentos y
disposiciones administrativas que se requieran para
el cumplimiento de este objetivo;
IV.Que el artículo 27 párrafo tercero de la Constitución
Federal, establece que la Nación tendrá el derecho
de imponer a la propiedad privada las modalidades
que dicte el interés público; y que dicha disposición,
en concordancia con el artículo115 fracción V, del
mismo Ordenamiento Jurídico Federal, confiere a los
municipios la atribución de imponer las referidas
modalidades que se contengan dentro de la
zonificación y los Programas de Desarrollo Urbano
Municipales;
V. Que en los términos del artículo 15 de la Ley General
de Asentamientos Humanos, corresponde a los
ayuntamientos formular, aprobar y administrar los
Planes o Programas Municipales de Desarrollo
Urbano aplicables a los centros de población
ubicados dentro del territorio municipal;
VI. Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 16
de la misma Ley General de Asentamientos Humanos,
deberá promoverse la participación de la comunidad,
a través de los grupos sociales que sean
representativos, en la formulación, aprobación y
administración de los Programas de Desarrollo
Urbano;
VII. Que el Código de Desarrollo Urbano del Estado de
Michoacán de Ocampo, en concordancia con la Ley
General de Asentamientos Humanos, otorga a los
municipios la facultad para la formulación de los
planes de desarrollo urbano; determinando en el
artículo 64 y en lo referente al Título Único Capítulo
II, del ordenamiento judicial mencionado, el
contenido y proceso de elaboración de los programas
de desarrollo urbano de los centros de población;
VIII. Que las leyes antes citadas establecen el
procedimiento para la formulación, modificación o
cancelación de los programas de desarrollo urbano,
así como para su aprobación y validación, en su
caso;
IX. Que no obstante que la ciudad de Morelia ha
contado con los Programas de Desarrollo Urbano
citados en los antecedentes de este Dictamen, aún
no se han resuelto muchos de los problemas urbanos
y ambientales del centro de población, además de la
necesidad de enriquecer el Programa de Desarrollo
Urbano, en un proceso de mejora continua, según
los principios base de actualización del documento
de referencia;
X. Que por lo antes expuesto, el H. Ayuntamiento
Constitucional de Morelia 2008-2011, considerando
las necesidades en materia de ordenamiento
territorial de los asentamientos humanos, la
regulación del suelo y el desarrollo urbano,
determinó necesaria la revisión del Programa de
Desarrollo Urbano del Centro de Población de
Morelia 2004, publicado en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Michoacán el día 18 de
noviembre de 2004;

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