PROY-NOM-189-SSA1/SCFI-2016: Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico.

Número de NOMPROY-NOM-189-SSA1/SCFI-2016
Fecha07 Marzo 2018
EstatusPROYECTO
EmisorCOMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DE REGULACION Y FOMENTO SANITARIO (SSA1)
Actividad EconómicaCOMERCIO AL POR MENOR DE ENSERES DOMÉSTICOS, COMPUTADORAS Y ARTÍCULOS PARA LA DECORACIÓN DE INTERIORES
Miércoles 7 de marzo de 2018 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección)
TERCERA SECCION
SECRETARIA DE SALUD
PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-189-SSA1/SCFI-2016, Productos y servicios. Etiquetado y
envasado para productos de aseo de uso doméstico.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.
JULIO SALVADOR SANCHEZ Y TEPOZ, Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos
Sanitarios y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario
y ALBERTO ULISES ESTEBAN MARINA, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo
Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34
y 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo; 3o., fracciones XXII y XXIV, 13, apartado A), fracciones I y II, 17 bis, fracciones II y III, 194,
fracción I, 195, párrafo primero, 197, 201, 210, 273, 274 y 286, de la Ley General de Salud; 38, fracciones II y
VII, 39, fracción V, 40, fracciones I, V, XI y XII, 41, 43, 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización; 28, 31, 33 y 34, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 8o.,
15, 25 y 198, del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 3, fracciones I, inciso c) y II y 10,
fracciones IV y VII, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y 22,
fracciones I, IX, X y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, nos permitimos ordenar la
publicación en el Diario Oficial de la Federación del
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-189-SSA1/SCFI-2016, PRODUCTOS Y
SERVICIOS. ETIQUETADO Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO
El presente Proyecto, se publica a efecto de qu e los interesados, dentro de los 60 días naturales
siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, presenten sus comentarios por escrito, en
medio magnético, en idioma español y con el sustento técnico suficiente ante el Comité Consultivo Nacional
de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, sito en Oklahoma número 14, planta baja, colonia
Nápoles, código postal 03810, Ciudad de México, teléfono 50805200, extensión 1333, correo electrónico
rfs@cofepris.gob.mx.
Durante el plazo mencionado y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 45 y 47, fracción I, de la
Ley Federal sobre Metrología y Normalización, los documentos que sirvieron de base para la elaboración del
Proyecto y la Manifestación de Impacto Regulatorio estarán a disposición del público en general, para su
consulta, en el domicilio del mencionado Comité, así como en el portal electrónico de Manifestaciones de
Impacto Regulatorio www.cofemermir.gob.mx, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 2 de junio de 2016, en cumplimiento de lo previsto por el artículo 46 fracción I de la Ley
Federal sobre Metrología y Normalización, se presentó ante al Comité Consultivo Nacional de Normalización
de Regulación y Fomento Sanitario, el Proyecto de Norma Oficial Mexic ana PROY-NOM-189-SSA1/SCFI-
2016, Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico.
Que con fecha 29 de junio d e 2016, en cumplimiento de lo previsto por e l artículo 46 fracción I de la Ley
Federal sobre Metrología y Normalización, se presentó ante al Comité Consultivo Nacional de Normalización
de la Secretaría de Economía, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-189-SSA1/SCFI-2016,
Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico.
Que resulta indispensable dar claridad y certeza jurídica que atiendan las ne cesidades actuales del sector,
incorporando productos que son parte de la categoría de aseo doméstico y que no se encuentran previstos en
la regulación vigente.

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