¿Proceden las multas por no haber presentado el Listado de conceptos del IETU correspondiente a los pagos provisionales de 2008, aunque sí se hubiera pagado la contribución relativa?

PáginasA66-A67

Soy contador independiente. Recientemente comencé a llevar la contabilidad de una persona física que obtiene ingresos por la realización de actividades empresariales. A principios de enero, la autoridad tributaria le notificó varias multas a mi cliente por no haber efectuado los pagos provisionales del IETU correspondientes al periodo de enero a junio de 2008. Al revisar los papeles de ese año me percaté de que las declaraciones relativas sí se habían presentado y sí se había pagado el impuesto a cargo de las mismas, pero lo que se omitió fue presentar el Listado de conceptos del IETU de esos meses. Al respecto, tengo duda si estas multas proceden, pues aunque mi cliente no presentó el listado de referencia sí enteró el impuesto a cargo en los pagos provisionales.

Lector de Cuernavaca, Morelos

Pregunta

¿Proceden las multas por no haber presentado el Listado de conceptos del IETU correspondiente a los pagos provisionales de 2008, aunque sí se hubiera pagado la contribución relativa?

Respuesta

La regla II.2.12.7 de la RMF para 2008-2009 especifica lo siguiente (énfasis añadido):

II.2.12.7. Para los efectos del artículo 31, primer párrafo del CFF, los contribuyentes efectuarán los pagos provisionales del IETU, incluso mediante declaraciones complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, conforme al esquema anterior de pagos electrónicos utilizando el procedimiento establecido en la regla II.2.14.4., debiendo reflejar el pago en el concepto "IMPUESTO AL ACTIVO/IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA". Los contribuyentes a que se refiere el artículo 9, segundo párrafo de la Ley del IETU, lo reflejarán en el concepto "IMPAC/IETU". "IMPUESTO DE LOS INTEGRANTES DE PERSONAS MORALES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO".

Una vez efectuado el pago provisional del IETU conforme al párrafo anterior, los contribuyentes enviarán la información a que se refiere el listado de conceptos que se contiene en la página de Internet del SAT y que sirvió de base para determinar el impuesto. El envío de la información se realizará mediante archivo electrónico a través de la página de Internet del SAT, señalándose además el número de operación proporcionado por la institución bancaria en donde se efectuó el pago y la fecha de presentación.

En los casos en los que los contribuyentes no hayan determinado impuesto a cargo, se considerará cumplida su obligación cuando hayan enviado la información del listado de conceptos que se contiene en la página de Internet del SAT.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR