Privación de la libertad, causa de suspensión de la relación de trabajo

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Soy la contadora general de una empresa dedicada a la venta de muebles de madera; en fechas recientes, se presentó la esposa de un trabajador y me comentó que su esposo había sido detenido y trasladado al Reclusorio Norte, por su supuesta participación en el delito de robo. Para demostrar tal situación presentó un documento que al leerlo indicaba que el trabajador estará sujeto a proceso penal en un juzgado.

Mi duda radica en saber si se puede rescindir la relación laboral sin responsabilidad para el patrón, basándose en la causal prevista en el artículo 47, fracción XIV, de la Ley Federal del Trabajo (LFT), debido a que el trabajador cometió un delito, y como consecuencia se encuentra privado de su libertad.

Lector de México, DF

Pregunta

¿Puedo rescindir la relación laboral a un trabajador que fue acusado por la posible comisión de un delito?

Respuesta

Como se trata de la comisión de un delito independiente de la relación laboral, es necesario esperar a que se emita la sentencia y conocer si es absolutoria o condenatoria, ya que en términos del artículo 42, fracción III, de la LFT, es causa de suspensión temporal de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón y el trabajador, la prisión preventiva de este último, seguida de sentencia absolutoria, razón por la cual no existe la obligación de prestar el servicio por parte del trabajador y tampoco de pagar el salario por parte del patrón.

Así, con fundamento en el artículo 43, fracción II, de la LFT, para que surta efectos la suspensión de la relación laboral, es necesario que el trabajador acredite al patrón estar detenido y puesto a disposición de una autoridad judicial o administrativa, hasta la fecha en que cause ejecutoria la sentencia que lo absuelva o termine el arresto.

Es menester aclarar que si la causa de detención del trabajador fue debido a que obró en defensa de la persona o de los intereses del patrón, tendrá éste la obligación de pagar los salarios que hubiese dejado de percibir el empleado.

Para acreditar que el trabajador se encuentra a disposición de una autoridad judicial sujeto a un proceso penal, se deberá presentar al patrón mediante un tercero (familiar o amigo del trabajador detenido) el auto de formal prisión, y con base en dicho documento se podrá suspender temporalmente la relación laboral pues éste no podrá hacerlo porque se encuentra privado de su libertad.

La privación de la libertad de un trabajador, por la supuesta participación de un acto...

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