Acuerdo General Mediante el Cual Se Efectúa la Declaratoria Prevista en El Artículo Tercero Transitorio del Decreto Publicado el 9 de Enero de 2012, en El Diario Oficial de La Federación, Relacionado con La Entrada en Vigor de La Reforma al Código de Comercio Respecto 'del Juicio Oral Mercantil' y Se Establecen los órganos Jurisdiccionales Competentes para Su Conocimiento en La Entidad

ACUERDOGENERAL MEDIANTE EL CUAL SE EFECTÚA LA DECLARATORIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DEL DECRETO PUBLICADO EL 9 DE ENERO DE 2012, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, RELACIONADO CON LA ENTRADA EN VIGOR DE LA REFORMA AL CÓDIGO DE COMERCIO RESPECTO "DEL JUICIO ORAL MERCANTIL" Y SE ESTABLECEN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES COMPETENTES PARA SU CONOCIMIENTO EN LA ENTIDAD.

C O N S I D E R A N D O S:

PRIMERO.- Los artículos 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 20 de la Constitución Política del Estado de Colima, consagran el principio de división de poderes, y como consecuencia la autonomía del Poder Judicial del Estado.

SEGUNDO.-

Con base en el artículos 67 y 68 de la Constitución Política del Estado de Colima, el Poder Judicial del Estado se deposita en el Supremo Tribunal de Justicia, Juzgados de Primera Instancia, Juzgados de Paz y en los demás órganos auxiliares de la administración de justicia que señale la ley; correspondiendo al Magistrado Presidente la representación y buena marcha del Poder Judicial. De conformidad con el artículo 17 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, corresponde al Magistrado Presidente velar porque la administración de justicia sea expedita, dictando las providencias que considere necesarias; siendo el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia el órgano competente para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones.

TERCERO.-

El numeral 10 de la Ley en comento señala dentro de las atribuciones del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia, la siguiente:

Artículo 10 Corresponde al Pleno del Tribunal: (...)

V.- Acordar la creación o modificación de los Partidos Judiciales, Juzgados, de la Planta de Secretarios y demás Servidores Públicos de la Administración de Justicia, así como fijar y cambiar la materia y la residencia de los juzgados, cuando las necesidades del servicio lo requieran y lo permitan las condiciones del Erario;

CUARTO.-

Los artículos y de la Ley Orgánica del Poder Judicial, disponen que corresponde al Poder Judicial del Estado, en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Colima, y de las leyes que de éstas emanen la facultad de interpretar y aplicar las leyes en asuntos de orden civil, familiar y penal del fuero común, de justicia para adolescentes que hayan participado en conductas delictivas, en los procedimientos relativos a delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo y de aquellos que les sean planteados en aplicación del principio de jurisdicción concurrente a que se refiere la fracción I del artículo 104 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Asimismo, conforme lo dispone el artículo 35 del mismo ordenamiento, los juzgados mercantiles conocerán entre otros juicios, de los mercantiles ordinarios, medios preparatorios de éstos, providencias precautorias y tercerías que surjan respecto a aquellos.

QUINTO.-

Ahora bien, por Decreto publicado el 27 de enero de 2011 en el Diario Oficial de la Federación se adicionó al Código de Comercio un Título Especial denominado "Del Juicio Oral Mercantil", adicionándose los artículos 1390 Bis al 1390 Bis 49; disponiendo en el artículo Primero Transitorio del decreto que el referido Título entraría en vigor al año siguiente de la publicación.

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE COLIMA SUPREMO TRIBUNAL DE...

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