PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE BAHIA DE BANDERAS, NAYARIT; PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 2015

Valle de Banderas, Nayarit: a 02 de Diciembre de 2014

HONORABLES INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL ORGANISMO

OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO

DEL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS, NAYARIT.

P R E S E N T E S

Con fundamento en lo que dispone el artículo 26 Fracción XVI del Reglamento para la

Prestación de Servicios de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Disposición Final de Lodos y Aguas Residuales en el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit, me permito presentar a su digna consideración de esta Honorable Junta de Gobierno, la iniciativa que contiene el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal del 2015, mismo que se agrupa en forma ordenada, en títulos y capítulos congruentes en materia de homologación contable y presupuestal.

Consecuente con lo anterior para dicho Ejercicio Fiscal el gasto público de este organismo se clasifica de forma administrativa, estableciendo quien y cuanto gasta; por programas, asignándole a cada uno de los programas prioritarios que se atenderán en dicho Ejercicio

Fiscal el recurso necesario y por objeto del gasto estableciendo la clasificación económica del mismo.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito someter a la consideración de esta

Honorable Junta de Gobierno, el:

PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE

AGUA POTABLE ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE BAHÍA

DE BANDERAS, NAYARIT; PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 2015.

TÍTULO PRIMERO

DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ORGANISMO

CAPÍTULO I
Disposiciones generales Artículo 1
Artículo 1 El ejercicio, control y la evaluación del gasto público del organismo para el año de los Estados Unidos Mexicanos; 111, 115 y 133 de la Constitución Política del Estado de

Nayarit; la Ley de Presupuestación, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Nayarit, la

Ley Municipal para el Estado de Nayarit y a las disposiciones que en el marco de dicha

Ley estén establecidas en otros ordenamientos legales y en este Presupuesto de Egresos.

Artículo 2. La interpretación del presente presupuesto, para efectos administrativos y exclusivamente en el ámbito de la competencia del Organismo Operador Municipal, corresponde al Director General y al Comisario de la Junta de Gobierno, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, conforme a las definiciones y conceptos que establece la Ley de Presupuestación, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Nayarit.

Artículo 3. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Organismo durante el presente ejercicio fiscal, se faculta al Director General para

Miércoles 31 de Diciembre 2014 Periódico Oficial 3 constituir las reservas financieras necesarias así como aperturar los esquemas de inversiones pertinentes, ante las distintas instituciones financieras y sociedades de inversión, debidamente acreditadas ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 4. Las erogaciones con cargo al presupuesto de egresos serán cubiertas la cantidad de $50,000.00; mediante cheque nominativo, orden de pago y/o transferencia electrónica, documentándose con los comprobantes respectivos, recibo oficial o en su caso contrato de arrendamiento, o con los estados de cuenta que expiden los bancos en los términos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria “SAT”, una vez que se compruebe su apego a las políticas, normas y procedimientos aplicables y a lo establecido en el presente presupuesto de egresos.

La asignación del fondo fijo será de acuerdo a las necesidades operacionales del

Organismo.

Así mismo cabe señalar, que el 31 de Diciembre del 2008, se público en el Periódico

Oficial de la Federación, la Ley General de Contabilidad Gubernamental (Ley de

Contabilidad), que tiene por objeto establecer los criterios generales que regirán la

Contabilidad Gubernamental, y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización, para facilitar a los entes públicos el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso público, por lo que este Organismo

Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Bahía de Banderas, Nayarit, a partir del 01 de Enero del 2015, registrará las partidas contenidas en la Norma para Armonizar la presentación de la Información adicional del Proyecto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal del 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 de Abril del 2013, las cuales contiene las aperturas aprobadas por el Consejo

Nacional de Armonización Contable, quien se estandariza y armonizará las partidas presupuestarias a quinto nivel, con aquellas que maneja la Administración de la

Federación, las entidades Federativas los Municipios y en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; Así mismo atendiendo lo dispuesto por el Artículo 61 de la

Ley General de Contabilidad gubernamental Funcional, Clasificación por Tipo de Gasto vigentes; Se presenta la Clasificación por Objeto de Gasto a segundo nivel, la Clasificación

Administrativa a primer nivel, la Clasificación Funcional a primer nivel y la Clasificación por

Tipo de Gasto.

Con fecha 09 de Diciembre de 2013, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la

Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos decreta, se expida la Ley General de

Contabilidad Gubernamental y se derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del

Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para lo cual en su Artículo Primero, se Expide la Ley General de Contabilidad Gubernamental y tiene por objeto establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de la información financiera de los entes públicos con el fin de lograr su adecuada armonización; por lo que a partir del 01 de Enero del 2015, se aplicara las normas contables y lineamientos para la generación de la información financiera que emita el Consejo Nacional de Armonización

Contable (CONAC).

El Propósito del Clasificador por Objeto de Gasto, es el Registro de los gastos que se realizan en el proceso presupuestario. Resume, ordena y presenta los gastos programados en el presupuesto, de acuerdo con la naturaleza de los bienes, servicios, activos y pasivos financieros. Alcanza a todas las transacciones que realizan los entes públicos para obtener bienes y servicios que se utilizan en la prestación de servicios públicos y en la realización de transferencias, en el marco del presente presupuesto de

Egresos.

Por su parte, el Capítulo III Plan de Cuentas: Se presenta a partir de la estructura y contenido aprobado por el CONAC, una versión actualizada, adicionando sus correspondientes descripciones hasta el cuarto nivel de apertura o quinto nivel según sea el caso. a).- Capítulo:- Es el mayor nivel de agregación que identifica el conjunto homogéneo y ordenado de los bienes y servicios requeridos por los entes públicos.

A continuación se señala el listado y se establece con el único fin de ser reconocido por las instancias normativas correspondientes:

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E

INTANGIBLES

INVERSIONES FINANCIERAS Y

OTRAS PROVISIONES

CAPÍTULO II

DE LAS EROGACIONES

Artículo 5. El proceso de programación-presupuestaria para el ejercicio 2015 se realiza por Clasificador por objeto de Gasto, a fin de lograr la armonización y bajo el enfoque de gestión de resultados al incluir herramientas de planeación estratégica, la disposición para desarrollar indicadores que permitan realizar la medición de los avances físicos y financieros, la evaluación de recursos públicos, y permitan mejorar la toma de decisiones y la evaluación de los resultados. El gasto total previsto en el presente Presupuesto de

Egresos, importa la cantidad de $ 77`723,600.00 y corresponde al total de los ingresos proyectados que han sido aprobados en el Presupuesto de Ingresos del Organismo para el ejercicio fiscal del 2015.

Artículo 6. El gasto total se orientara a la obtención de los resultados contenidos en el

Plan Municipal de Desarrollo y se distribuye por Capítulos, Conceptos y Partidas, conforme a lo establecido en los anexos de este Presupuesto de Egresos como sigue:

Miércoles 31 de Diciembre 2014 Periódico Oficial 5

ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE,

ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE BAHIA DE BANDERAS,

NAYARIT

PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 2015

CLASIFICACION ADMINISTRATIVA

DIRECCION Y SUBDIRECCION

IMPORTE

DIRECCION

PLANEACION

ADMINISTRATIVA

OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO

COMERCIAL

ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE,

ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE BAHIA DE BANDERAS, NAYARIT

PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 2015

CLASIFICADOR FUNCIONAL DEL GASTO

IMPORTE

GOBIERNO

DESARROLLO SOCIAL

DESARROLLO ECONOMICO

ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y

SANEAMIENTO DE BAHIA DE BANDERAS, NAYARIT

PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 2015

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO

IMPORTE

GASTO CORRIENTE

GASTO DE CAPITAL

AMORTIZACION DE LA DEUDA Y DISMINUCION

DE PASIVO

TOTAL DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS

ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y

SANEAMIENTO DE BAHIA DE BANDERAS, NAYARIT

PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 2015

PROGRAMAS Y PROYECTOS

IMPORTE

SERVICIOS PERSONALES

PRESTACION DE SERVICIOS LA MEGA PLANTA DE

REHABILITACION Y MANTENIMIENTO DE LOS POZOS

DE AGUA

REHABILITACION Y MANTENIMIENTO DE LAS

PLANTAS DE TRATAMIENTO, CARCAMOS Y LAGUNAS

DE OXIDACIÓN

INSTALACION DE TOMAS DE AGUA

PROGRAMA DE CLORACION DE POZOS DE AGUA...

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