PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024

Fecha de publicación29 Diciembre 2023
SecciónOctava Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 103Diciembre 29 de 2023 (Octava Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE JESÚS MARÍA
Ingeniero José Antonio Arámbula López, Presidente Municipal de Jesús María, con fundamento en los artículos 115, fracción II de la
XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; artículos 18, 19, 20 y demás relativos y aplicables del Bando
de Policía y Gobierno del Municipio de Jesús María, a los habitantes del Municipio de Jesús María hace saber q ue el Honorable Ayuntamiento
Constitucional 2021-2024, mediante sesión extraordinaria de Cabildo acontecida en fecha 18 de diciembre de 2023, tuvo a bien aprobar el
PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024, al tenor
de lo siguiente:
PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024
Í N D I C E
PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES.
Índice de Información Presupuestal Municipal 2024.
SECCIÓN I. OBJETIVOS DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES MODELO IMCO.
Objetivo del Presupuesto de Egresos Modelo.
SECCIÓN II. PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES.
Titulo Primero. De las asignaciones del Presupuesto de Egresos del Municipio.
Capítulo I. Disposiciones Generales.
Capítulo II. De las Erogaciones.
Capitulo III. De los Servicios Personales.
Capítulo IV. De la Deuda Pública.
Título Segundo. De los Recursos Federales.
Capítulo único. De los Recursos Transferidos al Municipio.
Título Tercero. De la Disciplina Presupuestaria en el Ejercicio del Gasto Público.
Capítulo I. Disposiciones Generales.
Capítulo II. De la Racionalidad, Eficiencia, Eficacia, Economía, Transparencia y Honradez en el Ejercicio del Gasto.
Capítulo III. Sanciones.
Titulo Cuarto. Del Presupuesto Basado en Resultados (PBR).
Capítulo único.
Transitorios.
Sección I.- Objetivos del Presupuesto de Egresos Modelo
Desde el año 2009, el Instituto Mexicano para la Competitividad, A.C. (IMCO) evalúa de forma anual, a través del Índice de In formación
Presupuestal Municipal (IIPM), la calidad de la información de las leyes de Ingresos y Presupuestos de Egresos de una muestra
representativa1, de los Municipios y Alcaldías del país a partir de un catálogo de criterios basado en buenas prácticas en materia de
transparencia presupuestal y normas de Contabilidad Gubernamental.
Con el fin de apoyar a los gobiernos municipales en la mejora de la calidad de la información de sus Presupuestos de Egresos y lograr así el
cumplimiento de los criterios evaluados en este índice, el IMCO elabora desde 2003 un modelo estandarizado de Presup uesto de Egresos
que busca servir de guía a las Tesorerías municipales en la fase de elaboración de sus proyectos de Presupuestos de Egresos, y en el que
se incluye información mínima que todo documento de esta naturaleza debe incorporar; ya sea como base en las mejores prácticas de
transparencia presupuestal municipal identificadas por el IMCO, o bien, de la legislación vigente en materia de Contabilidad Gubernamental.
Algunas premisas que este gobierno municipal ha tomado en consideración al implementar total o parcial este modelo son:
1. El modelo de presupuesto no sustituye las obligaciones específicas de los Municipios en materia presupuestal. Las disposiciones
contenidas en este documento se generan a partir de la obligación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y
1 El
IIPM
2021
contempla
la
evaluación
de 437
municipios
y 16 alcaldías
distribuidos
entre las 32 entidades federativas del país
https://imco.org.mx/materiales-del-indice-informaci on-presupuestal-2020-iipm/
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(Octava Sección)
buenas prácticas que se han implementado en el ámbito municipal, por lo que este modelo no considera obligaciones específicas
que debemos seguir como Municipio en la elaboración y aprobación de nuestro Presupuesto de Egresos de conformidad a la
normatividad Estatal aplicable.
2. El modelo de presupuesto es un complemento a la información presupuestal municipal. La información incluida en este documento
debe considerarse como complementaria a la que actualmente incorpora el Municipio en su Presupuesto de Egresos, es decir,
este modelo de Presupuesto de Egresos no es excluyente en el sentido de que nuestro Municipio además de adoptar el presente
modelo puede incluir de forma paralela otros elementos contables, financieros y presupuestarios, por lo que es mínimo y no
limitativo.
H. AYUNTAMIENTO DE JESÚS MARÍA
Ingeniero JOSÉ ANTONIO ARÁMBULA L ÓPEZ, Presidente Municipal de Jesús María, con fundamento en los artículos 115, fracción II de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y
XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; artículos 18, 19, 20 y demás relativos y aplicables del Bando
de Policía y Gobierno del Municipio de Jesús María, a los habitantes del Municipio de Jesús María hace saber que el Honorable Ayuntamiento
Constitucional 2021-2024, tuvo a bien aprobar el PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE JESÚS MA RÍA,
AGUASCALIENTES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024”, al tenor de lo siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con fundamento en el artículo 35 fracción XVI del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Jesús María, Aguascalientes; Capítulo III de
la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes, el H. Ayuntamiento del Municipio de
Jesús María presentó ante el H. Congreso del Estado del Estado de Aguascalientes; la iniciativa de la Ley de Ingresos del Municipio de Jesús
María, Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal 2024.
Con fundamento en el artículo 115 fracción IV penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fecha de
14 de diciembre de 2023, el H. Congreso del Estado de Aguascalientes, aprobó la Ley de Ingresos del Municipio de Jesús María,
Aguascalientes; para el Ejercicio Fiscal 2024.
La Ley de Ingresos del Municipio de Jesús María, Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal 2024, incluye el presup uesto de ingresos para dicho
Ejercicio Fiscal por un total de $970'441,819.00 (Novecientos Setenta Millones Cuatrocientos Cuarenta y Un Mil Ochocientos
Diecinueve pesos 00/100 M.N.), el cual se codificó con base en el Clasificador por Rubro de Ingresos emitido por el Consejo Nacional de
Armonización Contable.
El Presupuesto de Egresos del Municipio de Jesús María, Aguascalientes; para el Ejercicio Fiscal 2024, guarda equilibrio presupuestario con
los ingresos estimados en la Ley de Ingresos del mismo año, de conformidad con lo establecido en los artículos 115 fracción IV de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 38 de la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del
Estado de Aguascalientes y sus Municipios.
Que en caso de que la recaudación de los ingresos municipales sea inferior a los ingresos estimados en la Ley de Ingresos, el déficit
presupuestario resultante por ningún motivo afectará los programas municipales prioritarios, y que en todo caso se subsanará con otra fuente
de ingresos o con la disminución del gasto corriente.
Ahora bien, resulta importante resaltar que el Instituto Mexicano para la Competitividad, A.C., evaluará tanto el Presupuesto de Egresos
Municipal, la Ley de Ingresos Municipal y los formatos ciudadanos de ambos, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2024, bajo la metodología
del Índice de Información Presupuestal Municipal (IIPM) 2024.
El IIPM tiene como propósito mejorar la calidad de información de los presupuestos, con el fin de impulsar la lucha contra la opacidad en el
manejo del dinero público. Además, a través del cumplimiento de los criterios para desglosar la información y uso de clasificaciones
homologadas, es posible un uso de lenguaje que permita presentar una versión ciudadana de los presupuestos de una manera más efectiva.
La transparencia presupuestal se debe entender como el quehacer del funcionario público para hacer saber a la ciudadanía a través de las
instancias correspondientes, cuánto, cómo y en qué se va a gastar el dinero público, y se debe entender como una acción fundamental para
generar confianza entre la sociedad civil, las empresas y el gobierno.
De igual forma es importante considerar lo establecido en el artículo 11 fracción I de la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad
Hacendaria del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, respecto que, para la programación del gasto público municipal se tomarán como
referencia “los programas que se derivan del Plan Estatal de Desarrollo y, en su caso, de las directrices que el H. Ayuntamiento
expida”, para ello, es preciso señalar e identificar la siguiente correlación:
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Por lo anterior y con el fin de cumplir con las obligaciones vinculadas al ejercicio del gasto público y de alinear las accio nes de gobierno a lo
establecido en el Plan de Desarrollo Municipal 2021-2024, se expide el presente Presupuesto de Egresos Municipal del Ejercicio Fiscal 2024,
cuyo objetivo primordial es integrar la información presupuestal con base en lo establecido en la Ley General de ContabilidadGubernamental
y especificar de forma clara las regulaciones del ejercicio presupuestario que se encuentran contenidas en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Jesús María,
Aguascalientes; la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes y sus Municipios; la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado Aguascalientes y sus Municipios; la Ley de Disciplina Financiera de l as Entidades
Federativas y los Municipios; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y demás legislación
aplicable.
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