De las Prestaciones en Dinero

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas273-273

Page 273

ARTÍCULO 23

Reglas para la determinación del monto de las prestaciones en dinero

El derecho al otorgamiento y la cuantía de las prestaciones en dinero, se determinarán de acuerdo con las disposiciones de la Ley y sus reglamentos.

ARTÍCULO 24

Prestaciones otorgadas a trabajadores no inscritos

Para el caso en que los servicios prestados por un trabajador no se hubiesen reportado al Instituto por su patrón y se comprobare por cualquier medio que efectivamente laboró para éste, el Instituto le reconocerá el periodo de trabajo correspondiente como cotizado y otorgará tanto a él como a sus beneficiarios las prestaciones que conforme a la Ley les correspondan.

Reglas para el cobro de cuotas o capitales constitutivos por prestaciones a trabajadores no inscritos

En tal supuesto, si dicho periodo corresponde al lapso de ejecución de una obra por la que se le hubiesen cobrado al patrón las cuotas obrero-patronales mediante la aplicación del procedimiento de estimación establecido en el artículo 18 del presente...

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