¿Debe presentarse declaración anual de ISR correspondiente a 2010 de una persona física que en 2011 cambió de residencia fiscal a otro país?

Páginas53-53

Page 53

Soy contadora independiente. En 2010 tenía un cliente que se dedicaba a la comercialización de equipo de cómputo en México; sin embargo, en enero de 2011 estableció su casa-habitación en Estados Unidos y ya no percibe ingresos de fuente de riqueza ubicada en territorio nacional; por tanto, cambió de residencia fiscal a ese país. Recientemente, se comunicó conmigo para preguntarme si tenía obligación de presentar declaración anual por 2010. Ignoro lo anterior.

Lectora de Cuernavaca, Morelos

" Pregunta

¿Debe presentarse declaración anual de ISR correspondiente a 2010 de una persona física que en 2011 cambió de residencia fiscal a otro país?

Respuesta

El artículo 175, primer párrafo, de la Ley del ISR estipula lo siguiente (énfasis añadido):

175. Las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquéllos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas. Tratándose de los contribuyentes que emitan sus comprobantes fiscales digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria y se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros o hayan optado por hacerlo conforme a lo previsto en el cuarto párrafo del artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, la declaración a que se refiere este párrafo se entenderá presentada cuando presenten el dictamen correspondiente en los plazos establecidos por el citado Código.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Por su parte, el artículo 106, octavo párrafo, de la Ley del ISR dispone lo siguiente (énfasis añadido):

106 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Las personas físicas residentes en el país que cambien su residencia durante un año de calendario a otro país, considerarán los pagos provisionales efectuados como pago definitivo del impuesto y no podrán presentar declaración anual.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

De las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR