Se presenta iniciativa que adiciona la LSS en materia de desempleo

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El pasado 24 de febrero, los senadores Rubén Fernando Velázquez López, José Luis García Zalvidea y Silvano Aureoles Conejo, integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron ante el Senado de la República la Iniciativa con proyecto de Decreto que adiciona la Ley del Seguro Social en materia de desempleo.

Luego de su análisis por las Comisiones Unidas de Seguridad Social y Estudios Legislativos del Senado, la iniciativa fue turnada a la Cámara de diputados, donde una vez recibida fue enviada con fecha 3 de marzo a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social de esa cámara para su análisis y posible presentación ante el pleno.

Dicha iniciativa tiene por objeto establecer un marco jurídico y constitucional que proteja al trabajador en caso de quedarse sin empleo, afin de ampliar las protecciones con las que cuenta mediante la incorporación de un seguro de desempleo.

De ahí que se propone adicionar la sección tercera bis al capítulo sexto, denominado "Del ramo de pérdida involuntaria del empleo", integrada por los artículos 164-A, 164-B, 164-C, 164-D y 164-E, todos ellos de la LSS.

Así, según la iniciativa, se entenderá por pérdida involuntaria del empleo cuando el asegurado quede privado del trabajo remunerado por alguna de las circunstancias siguientes:

  1. Por rescisión de las relaciones de trabajo, sin causa justificada.

  2. Por renuncia del trabajador por causa justificada relacionada con la falta de cumplimiento de las obligaciones del patrón conforme al artículo 51 de la LFT. En este caso, se deberá comprobar ante el IMSS que se trata de una situación laboral que llevaría a una persona a dejar su trabajo, aun cuando deseara conservarlo.

Asimismo, la iniciativa pretende incorporar al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, el seguro de protección por pérdida de empleo, de manera que todo trabajador que haya cotizado cuando menos 104 semanas ante el IMSS pueda acceder a una renta de hasta tres salarios mínimos mensuales, de acuerdo con sus cotizaciones, por un plazo no mayor a seis meses. Cabe aclarar que el plazo para recibir la...

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