Acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer el cupo anual para importar con el arancel-cupo establecido, preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50% en peso, excepto las comprendidas en la fracción 1901.90.04

Fecha de disposición30 Diciembre 2013
Fecha de publicación30 Diciembre 2013
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34, fracciones I y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o., fracción V, 6o., 17, 23 y 24, segundo párrafo de la Ley de Comercio Exterior; 14, 16, 26, 31 y 32 de su Reglamento; 5, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 5 del Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y de los diversos por los que se establece el esquema de importación a la Franja Fronteriza Norte y Región Fronteriza, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2007, establece el arancel-cupo aplicable a la fracción arancelaria correspondiente a preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50%, en peso, excepto las comprendidas en la fracción 1901.90.04.

Que el mecanismo de asignación del cupo de preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50%, en peso, es un instrumento de política sectorial para complementar el abasto nacional de materias primas lácteas.

Que resulta insuficiente la oferta nacional de ciertos productos lácteos, por lo que es necesario complementarla con importaciones a efecto de que las industrias que los utilizan en sus procesos productivos, tengan acceso a insumos en condiciones similares a las que tienen en el exterior, y resulta necesario promover la utilización de dicho cupo.

Que el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre tiene entre sus propósitos garantizar a la población el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, con base en lo anterior la empresa del sector público encargada del Programa de Abasto Social de Leche, Liconsa, ha promovido una ampliación del programa de adquisición de esta materia prima de importación, y

Que la medida a que se refiere el presente instrumento cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior, se expide el siguiente:

ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CUPO ANUAL PARA IMPORTAR CON EL ARANCEL-CUPO ESTABLECIDO, PREPARACIONES A BASE DE PRODUCTOS LÁCTEOS CON UN CONTENIDO DE SÓLIDOS LÁCTEOS SUPERIOR AL 50% EN PESO, EXCEPTO LAS COMPRENDIDAS...

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