AUTORIZACION NO. EBPE/1820/345/2010 AL PROGRAMA DE ESTUDIOS DE EDUCACION PREESCOLAR, MODALIDAD ESCOLARIZADA, TURNO MATUTINO Y ALUMNADO MIXTO PARA SER IMPARTIDO EN LA INSTITUCION EDUCATIVA DENOMINADA ROBERT OWEN UBICADA EN CALLE LAZARO CARDENAS NUMERO 120, COLONIA CENTRO DE LA LOCALIDAD DE MEZCALES, MUNICIPIO DE BAHIA DE BANDERAS, NAYARIT
AUTORIZACIÓN NO. EBPE/1820/345/2010
Tepic, Nayarit; a 12 de noviembre de 2010.
VISTA, la solicitud de autorización presentada ante esta Secretaría, el día 31 de mayo de de la Sociedad Civil Guardería Patria y Cultura, propietaria de la institución educativa denominada “Robert Owen” para impartir el programa de estudios de Educación
Preescolar, modalidad escolarizada, turno matutino y alumnado mixto, ubicada en calle
Lázaro Cárdenas número 120, colonia Centro de la localidad de Mezcales, municipio de
Bahía de Banderas, Nayarit, y;
R E S U L T A N D O
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Que mediante escrito de fecha 27 de mayo de 2010 y presentado en esta Secretaría el día 31 de mayo de 2010, la C. Ma. del Rocío Domínguez Camarena, en su carácter de representante legal de la Sociedad Civil Guardería Patria y Cultura, propietaria de la institución educativa denominada “Robert Owen”, ubicada en calle Lázaro Cárdenas número 120, colonia Centro de la localidad de la localidad de Mezcales, municipio de
Bahía de Banderas, Nayarit.
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Que una vez presentada la solicitud, anexos, información y documentación complementaria por parte de la Sociedad Civil Guardería Patria y Cultura, a través de su representante legal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3° y 8° de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7°, de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Nayarit; 1°, 7°, 8°, 10, 11 fracción II, 13 fracción IV, 14 fracción
IV, 21 párrafo segundo, 28, 30, 37 párrafo l, 47, 54, 55, 56 párrafo II, 57, 59, 60 y 80 de la
Ley General de Educación; 1°, 2°, 6°, 9° fracción V I, 19 fracción l, 23, 39, 54, 55 y 60 de la
Ley de Educación del Estado de Nayarit; 36 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo del Estado de Nayarit; artículo 6° fracci ón XXXVI del Reglamento Interior de la
Secretaría de Educación Básica; y en observancia a lo dispuesto por el Acuerdo número validez oficial de estudios, el Acuerdo número 357, por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con la autorización para impartir educación preescolar.
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Que mediante oficio número 440/06/2010, de fecha 08 de junio de 2010, se solicitó a la
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Mtra. Rosaura Ibarra García, Jefa del Departamento de Educación Inicial y Preescolar, para que revisara el perfil de docentes y realizara la visita de inspección técnico-higiénico pedagógica al domicilio señalado por la Sociedad Civil Guardería Patria y Cultura, y verificar si el bien inmueble cumple con los requisitos para la impartición del programa de estudios.
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Que se solicitó al Instituto Nayarita para la Infraestructura Física Educativa en oficio número 3499 de fecha 04 de junio de 2010, para que revisara los documentos y realizara la visita de inspección técnico al inmueble ubicado en calle Lázaro Cárdenas número 120, colonia Centro de la localidad de Mezcales, municipio de Bahía de Banderas, Nayarit, y;
Sábado 22 de Enero de 2011 Periódico Oficial 3
C O N S I D E R A N D O solicitudes que formulen los particulares que deseen impartir educación, en términos de la legislación vigente en el Estado de conformidad con los artículos 3° de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7°, de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Nayarit; 1°, 7°, 10, 11 fracción II, 13 fracción IV, 14 fracción IV, 21 párrafo segundo, 28, 30, 37 párrafo l, 47, 54, 55 fracción l y ll, 56 párrafo ll, 57, 59, 60 y 80 de la
Ley General de Educación; 1°, 2°, 8°, 9° fracción V I, 19 fracción l, 23, 39, 54, 55, 56 fracción y demás aplicables de la Ley de Educación del Estado de Nayarit; 36 fracción XIV de la...
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