Casos prácticos. Determinación del ISR y del IETU a cargo en el primer año de calendario del ejercicio de liquidación, de una persona moral del régimen general que entró en este proceso el 1o. de julio de 2012
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La persona moral del caso anterior desea determinar el ISR y el IETU a cargo en el primer año de calendario del ejercicio de liquidación, considerando que entró en liquidación el 1o. de julio de 2012 y al cierre de este año no ha terminado con ese proceso.
· La empresa no cuenta con créditos aplicables contra el IETU.
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Para ISR
· Ingresos acumulables del periodo julio-diciembre de 2012 $525,0001? Deducciones autorizadas del periodo julio-diciembre de 2012 $420,000
· Pagos provisionales del ISR efectuados en el periodo (véase caso 2) $10,280
· PTU pagada en el periodo julio-diciembre de 2012 $0
· Pérdidas de ejercicios anteriores pendientes de amortizar $0
Nota
-
La empresa determinó ajuste anual por inflación en el periodo por la cantidad de $5,000.
Para IETU
· Ingresos efectivamente percibidos en el periodo julio-diciembre de 2012 (véase caso 2) $550,000
· Deducciones efectivamente pagadas en el periodo julio-diciembre de 2012 (véase caso 2) $305,000
· Pagos provisionales del IETU efectuados en el periodo (véase caso 2) $32,595
· Crédito por erogaciones superiores a los ingresos $0
· Otros créditos fiscales aplicables contra el IETU $0
1. Determinación del ISR a cargo en el primer año de calendario del ejercicio de liquidación (julio-diciembre de 2012).
Ingresos acumulables del periodo julio-diciembre de 2012 $525,000
(-) Deducciones autorizadas del periodo julio-diciembre de 2012 420,000
(=) Utilidad fiscal 105,000
(-) PTU pagada en el periodo julio-diciembre de 2012 0
(-) Pérdidas de ejercicios anteriores pendientes de amortizar 0
(=) Resultado fiscal 105,000
(x) Tasa del ISR 30%
(=) ISR a cargo 31,500
(-) Pagos provisionales del ISR efectuados en el periodo 10,280
(-) Saldo a favor del IETU en el primer año de calendario del ejercicio de liquidación (véase punto 2 siguiente) 21,220
(=) ISR a cargo en el primer año de calendario del ejercicio de liquidación (julio-diciembre de 2012) $0
2. Determinación del IETU a cargo en el primer año de calendario del ejercicio de liquidación (julio-diciembre de 2012).
Ingresos efectivamente percibidos en el periodo julio-diciembre de 2012 $550,000
(-) Deducciones efectivamente pagadas en el periodo julio-diciembre de 2012 305,000
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(=) Base gravable 245,000
(x) Tasa del IETU 17.5%
(=) IETU a cargo 42,875
(-) Crédito por erogaciones...
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