Casos prácticos. Determinación del ISR y del IETU a cargo en el primer año de calendario del ejercicio de liquidación, de una persona moral del régimen general que entró en este proceso el 1o. de julio de 2012

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Planteamiento

La persona moral del caso anterior desea determinar el ISR y el IETU a cargo en el primer año de calendario del ejercicio de liquidación, considerando que entró en liquidación el 1o. de julio de 2012 y al cierre de este año no ha terminado con ese proceso.

· La empresa no cuenta con créditos aplicables contra el IETU.

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Datos

Para ISR

· Ingresos acumulables del periodo julio-diciembre de 2012 $525,0001? Deducciones autorizadas del periodo julio-diciembre de 2012 $420,000

· Pagos provisionales del ISR efectuados en el periodo (véase caso 2) $10,280

· PTU pagada en el periodo julio-diciembre de 2012 $0

· Pérdidas de ejercicios anteriores pendientes de amortizar $0

Nota

  1. La empresa determinó ajuste anual por inflación en el periodo por la cantidad de $5,000.

Para IETU

· Ingresos efectivamente percibidos en el periodo julio-diciembre de 2012 (véase caso 2) $550,000

· Deducciones efectivamente pagadas en el periodo julio-diciembre de 2012 (véase caso 2) $305,000

· Pagos provisionales del IETU efectuados en el periodo (véase caso 2) $32,595

· Crédito por erogaciones superiores a los ingresos $0

· Otros créditos fiscales aplicables contra el IETU $0

Desarrollo

1. Determinación del ISR a cargo en el primer año de calendario del ejercicio de liquidación (julio-diciembre de 2012).

Ingresos acumulables del periodo julio-diciembre de 2012 $525,000

(-) Deducciones autorizadas del periodo julio-diciembre de 2012 420,000

(=) Utilidad fiscal 105,000

(-) PTU pagada en el periodo julio-diciembre de 2012 0

(-) Pérdidas de ejercicios anteriores pendientes de amortizar 0

(=) Resultado fiscal 105,000

(x) Tasa del ISR 30%

(=) ISR a cargo 31,500

(-) Pagos provisionales del ISR efectuados en el periodo 10,280

(-) Saldo a favor del IETU en el primer año de calendario del ejercicio de liquidación (véase punto 2 siguiente) 21,220

(=) ISR a cargo en el primer año de calendario del ejercicio de liquidación (julio-diciembre de 2012) $0

2. Determinación del IETU a cargo en el primer año de calendario del ejercicio de liquidación (julio-diciembre de 2012).

Ingresos efectivamente percibidos en el periodo julio-diciembre de 2012 $550,000

(-) Deducciones efectivamente pagadas en el periodo julio-diciembre de 2012 305,000

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(=) Base gravable 245,000

(x) Tasa del IETU 17.5%

(=) IETU a cargo 42,875

(-) Crédito por erogaciones...

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