Medidas Positivas y Compensatorias a Favor de la Igualdad de Oportunidades
Autor | José Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin |
Páginas | 946-949 |
ARTÍCULO 10.
Entidades y autoridades. Medidas a favor de igualdad de oportunidades para las mujeres
Los órganos públicos y las autoridades federales, en el ámbito de su competencia, llevarán a cabo, entre otras, las siguientes medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades para las mujeres:
I. Incentivar la educación mixta, fomentando la permanencia en el sistema educativo de las niñas y las mujeres en todos los niveles escolares;
II. Ofrecer información completa y actualizada, así como asesoramiento personalizado sobre salud reproductiva y métodos anticonceptivos;
III. Garantizar el derecho a decidir sobre el número y espaciamiento de sus hijas e hijos, estableciendo en las instituciones de salud y seguridad social las condiciones para la atención obligatoria de las mujeres que lo soliciten;
IV. Procurar la creación de centros de desarrollo infantil y guarderías asegurando el acceso a los mismos para sus hijas e hijos cuando ellas lo soliciten, y
V. Ofrecer información completa y actualizada sobre los derechos de las mujeres y la forma e instituciones ante los cuales pueden ejercerse.
ARTÍCULO 11.
Medidas a favor de igualdad de oportunidades de niños y niñas
Los órganos públicos y las autoridades federales, en el ámbito de su competencia, llevarán a cabo, entre otras, las siguientes medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades de las niñas y los niños:
I. Instrumentar programas de atención médica y sanitaria para combatir la mortalidad y la desnutrición infantiles;
II. Impartir educación para la preservación de la salud, el conocimiento integral de la sexualidad, la planificación familiar, la paternidad responsable y el respeto a los derechos humanos;
III. Promover el acceso a centros de desarrollo infantil, incluyendo a menores con discapacidad;
IV. Promover las condiciones necesarias para que los menores puedan convivir con sus padres o tutores, incluyendo políticas públicas de reunificación familiar para migrantes y personas privadas de la libertad;
V. Preferir, en igualdad de circunstancias y con equidad de género, a las personas que tengan a su cargo menores de edad en el otorgamiento de becas, créditos u otros beneficios.
VI. Alentar la producción y difusión de libros para niños y niñas;
VII. Promover la creación de instituciones que tutelen a los menores privados de su medio familiar, incluyendo hogares de guarda y albergues para estancias temporales;
VIII....
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