El resultado por posición monetaria en la capitalización del resultado integral del financiamiento

AutorJavier Cocina Martínez
CargoDirector del Centro de Investigación del IMCP, Profesor del ITAM
Páginas56-57

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El proyecto de la NIFD-6, Capitalización del resultado integral de financiamiento, exige que el Resultado Integral de Financiamiento (RIF) proveniente de préstamos obtenidos para el desarrollo de activos calificables que requieren un largo plazo con el fin de tenerlos listos para su uso, venta o arrendamiento, sea capitalizado en los activos desarrollados bajo una contabilidad que refleja los efectos de la inflación; no obstante, hemos considerado algunas circunstancias relacionadas con la obligatoriedad de la capitalización del Resultado por Posición Monetaria (REPOMO), que surge únicamente en el caso de que se siga una contabilidad especial para reflejar los efectos de la inflación.

Primero, los pasivos generan intereses calculados con una tasa de interés que incluye una compensación que se paga al prestamista por el valor del dinero en el curso del tiempo y una tasa adicional por la pérdida inflacionaria que sufre y, segundo, la entidad prestataria paga esa tasa de interés al prestamista.

En esas condiciones el prestamista reconoce separadamente en resultados el ingreso recibido como interés y la pérdida monetaria sufrida estrictamente por la inflación; por su parte, el prestatario reconoce en resultados el costo financiero derivado del interés pagado y la ganancia inflacionaria derivada estrictamente por la inflación.

El REPOMO surge únicamente en la contabilidad especial para reflejar los efectos de la inflación.

Las inversiones efectuadas en los activos calificables, con los fondos de los préstamos recibidos, en una contabilidad inflacionaria, se reexpresan por los efectos inflacionarios, por tratarse de una partida no monetaria.

Cuando la entidad se encuentra bajo una contabilidad inflacionaria y se exige la capitalización del costo de financiamiento, ocurre lo siguiente:

  1. Los activos en proceso de desarrollo se encuentran ajustados por la inflación, por tratarse de activos no monetarios.

  2. En el costo por financiamiento se encuentra aplicada la tasa de interés nominal pagada efectivamente al acreedor, la cual incluye la tasa de interés real más la tasa adicional que le compensa al acreedor la pérdida por inflación.

  3. En el REPOMO se encuentra reconocida la ganancia monetaria correspondiente al monto del pasivo, portratarse de una partida monetaria.

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    La NIF D-6, para evitar la duplicidad en el proceso de auscultación, decide que la cifra por capitalización debe ser el monto del costo financiero, menos el REPOMO...

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