Pone ley antilavado lupa a casineros

AutorDiana Baptista

MÉXICO.- El reglamento de la nueva Ley Antilavado puso la lupa sobre casinos, casas de apuestas, juegos de concursos y sorteos, los cuales serán considerados ahora como actividades propensas para el lavado de dinero.

El ordenamiento, publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación, obliga a los casinos y a las casas de apuestas a reportar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) las operaciones que puedan implicar el uso de recursos ilícitos, y faculta a las autoridades para investigar dichas operaciones.

Los negocios deberán proporcionar el nombre de los clientes que realicen operaciones mayores a 41 mil 700 pesos, así como la venta de billetes, fichas o comprobantes de premios superiores a los 21 mil 800 pesos.

Los casinos contarán con 30 días, a partir de hoy, para inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes, contar con el certificado vigente de la Firma Electrónica Avanzada y presentarse como practicantes de actividades vulnerables ante la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP.

Se considera como actividades vulnerables la venta de boletos, fichas o cualquier otro comprobante similar, y cualquier acto u operación por medio del cual se reciban recursos que permitan la realización de actividades vinculadas con la práctica de juegos con apuesta, concursos o sorteos.

El Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita indica que, una vez registrados ante la Secretaría, los casinos deberán generar "avisos" sobre sus clientes y las operaciones que éstos hacen en sus instalaciones.

"El aviso está enfocado en la operación 'conoce a tu cliente', es decir, ayuda para identificar a tus clientes, y cierto tipo de operaciones que pudieran llegar a ser lavado de dinero", explicó Marcos Czacki, abogado especialista en lavado de dinero.

"Antes, para evitar que les hicieran fraudes, los casinos llevaban un control en el tema de identificación de quién es el cliente y cómo está gastando su dinero, pero no tenían que reportarlo a la autoridad", explicó en entrevista.

Asimismo, los negocios deberán reportar el uso de monederos electrónicos, certificados o cupones, en que abonen recursos provenientes de premios, promociones, devoluciones o programas de recompensas comerciales, y cuya cantidad supere los 47 mil 700 pesos.

El reglamento, que consta de 59 artículos y 4 artículos transitorios, complementa la Ley Antilavado publicada en el Diario Oficial el 17...

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