Acuerdo por el que la Secretaría de la Reforma Agraria pone a disposición de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, para su administración, los terrenos nacionales denominados: Terrenos Nacionales 1, Terrenos Nacionales 2, Terrenos Nacionales 3 y Terrenos Nacionales 4, ubicados en el Municipio de Mulegé, Estado de Baja California Sur, con superficies de 32,693-75-56, 1,477-67-76, 6,374-90-90 y 80,550-29-82 hectáreas, respectivamente

Fecha de disposición11 Noviembre 2010
Fecha de publicación11 Noviembre 2010
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.- Subsecretaría de Ordenamiento de la Propiedad Rural.- Dirección General de Ordenamiento y Regularización.- Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural. ACUERDO POR EL QUE LA SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA PONE A DISPOSICION DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA COMISION NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS, PARA SU ADMINISTRACION, LOS TERRENOS NACIONALES DENOMINADOS: "TERRENOS NACIONALES 1", "TERRENOS NACIONALES 2", "TERRENOS NACIONALES 3" Y "TERRENOS NACIONALES 4", UBICADOS EN EL MUNICIPIO DE MULEGE, ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, CON SUPERFICIES DE 32,693-75-56 HECTAREAS, 1,477-67-76 HECTAREAS, 6,374-90-90 HECTAREAS Y 80,550-29-82 HECTAREAS RESPECTIVAMENTE.

ABELARDO ESCOBAR PRIETO, Secretario de la Reforma Agraria, con fundamento en lo establecido por los artículos 14 y 41, fracciones I, XI y XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6 fracción VII, y 57 de la Ley General de Bienes Nacionales; 158 y 161 de la Ley Agraria y 63 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, emite el presente Acuerdo, en términos de los siguientes:

RESULTANDOS

  1. - Mediante Decreto del veintinueve de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho, publicado en el Diario Oficial de la Federación el cinco de diciembre del mismo año, el Ejecutivo Federal, por causa de interés público, a través de la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, hoy Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, declaró la Reserva de la Biosfera "EL VIZCAINO", con una superficie de 2,546,790-25-00 hectáreas, ubicada en el Municipio de Mulegé, Estado de Baja California Sur.

  2. - A través del oficio número FOO.-546 de fecha veinticuatro de octubre de dos mil seis, el entonces Presidente de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, actualmente Comisionado Nacional de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, solicitó al Secretario de la Reforma Agraria, la puesta a disposición a favor de esa Comisión dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de los terrenos nacionales denominados "TERRENOS NACIONALES 1", "TERRENOS NACIONALES 2", "TERRENOS NACIONALES 3" y "TERRENOS NACIONALES 4", ubicados en el Municipio de Mulegé, Estado de Baja California Sur, con superficies de 32,693-75-56 hectáreas, 1,477-67-76 hectáreas, 6,374-90-90 hectáreas y 80,550-29-82 hectáreas respectivamente, localizados al interior de las poligonales del Area Natural Protegida con categoría de Reserva de la Biosfera denominada "EL VIZCAINO", ubicada en el Municipio de Mulegé, Estado de Baja California Sur, para estar en posibilidad de llevar a cabo su registro.

  3. - Al efecto, la entonces Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, hoy Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, adscrita a la Dirección General de Ordenamiento y Regularización, dependiente de la Subsecretaría de Ordenamiento de la Propiedad Rural de esta Secretaría, instauró los expedientes de terrenos nacionales números 739128, 739125, 739127 y 739103, respecto de los terrenos nacionales denominados "TERRENOS NACIONALES 1", "TERRENOS NACIONALES 2", "TERRENOS NACIONALES 3" y "TERRENOS NACIONALES 4", ubicados en el Municipio de Mulegé, Estado de Baja California Sur.

  4. - En este tenor, mediante oficio número 145418 de fecha diez de noviembre de dos mil seis, la entonces Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, hoy Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural de esta Secretaría, solicitó a la entonces Representación Estatal en Baja California Sur de la Secretaría de la Reforma Agraria, actualmente Delegación Estatal en Baja California Sur, realizara la investigación de antecedentes registrales de los predios, de conformidad a lo estipulado por el artículo 105 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural.

  5. - A través del oficio número FOO.-0526 de fecha diecisiete de diciembre de dos mil nueve, el entonces Presidente de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, actualmente Comisionado Nacional de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, reiteró al Secretario de la Reforma Agraria, la solicitud de puesta a disposición a favor de esa Comisión dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de los ya citados terrenos nacionales denominados "TERRENOS NACIONALES 1", "TERRENOS NACIONALES 2", "TERRENOS NACIONALES 3" y "TERRENOS NACIONALES 4", ubicados en el Municipio de Mulegé, Estado...

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