Plazos que vencen para cumplir determinadas obligaciones fiscales, en octubre de 2018

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Plazos que vencen para cumplir determinadas
obligaciones fiscales, en octubre de 2018
A fin de que los contribuyentes cumplan de manera oportuna con las diversas disposiciones fiscales, se enlistan a
continuación algunas que deberán presentarse en octubre de este año:
Vencimiento del plazo Obligación por cumplir Fundamento
10 de octubre. Plazo para que las personas físicas que hubieran enajenado acciones en
septiembre de 2018, y que opten por dictaminar esta operación por contador
público registrado, a fin de que el adquirente efectúe una retención menor al
20% del total de la operación, presenten el aviso respectivo ante la autoridad
correspondiente a su domicilio fiscal.
Artículo 215, frac-
ción I, del Regla-
mento de la Ley del
ISR.
17 de octubre. Plazo para informar sobre las contraprestaciones o los donativos recibidos
en efectivo, en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de
plata, cuyo monto hubiera sido superior a $100,000 en septiembre de 2018.
Los contribuyentes deberán informar el monto de las contraprestaciones recibidas
en efectivo, en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, si
al incluir los impuestos correspondientes se supera la cantidad mencionada.
El informe a que se refiere el párrafo anterior también se presentará cuando se
efectúen respecto de una misma operación uno o varios pagos en efectivo en
moneda nacional o extranjera, o bien, en piezas de oro o plata, y que la suma
de ellos supere $100,000, y se remitirá el informe a más tardar el día 17 del
mes inmediato posterior a aquel en que se rebase el monto señalado.
Los contribuyentes que reciban contraprestaciones donde una parte sea
en efectivo, en piezas de oro o de plata, y otra parte se pague con cheque,
transferencias bancarias u otros instrumentos monetarios, únicamente esta-
rán obligados a informar de las operaciones cuando lo recibido por concep-
to de contraprestación en efectivo, en piezas de oro o de plata, exceda de
$100,000 dentro de un mismo mes, sin considerar para efectos del monto
precisado lo cubierto con otras formas de pago.
Artículos 76,
fracción XV, 82,
fracción VII, 110,
fracción VII, 118,
fracción V, y 128
de la Ley del ISR,
así como 112 de su
reglamento.
A42
2a. quincena
octubre 2018
Información
de trascendencia
FISCAL
Taller fiscal 858- 3a parte.indd 42 03/10/18 14:07

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