Plazos que vencen para cumplir determinadas obligaciones fiscales, en octubre de 2017

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A fin de que los contribuyentes cumplan de manera oportuna con las diversas disposiciones fiscales, se enlistan a continuación algunas que deberán presentarse en octubre de este año:

Vencimiento del plazo Obligación por cumplir Fundamento
Ley del ISR
10 de octubre. Plazo para que las personas físicas que hubieran enajenado acciones en septiembre de 2017, y que opten por dictaminar esta operación por contador público registrado, a fin de que el adquirente efectúe una retención menor al 20% del total de la operación, presenten el aviso respectivo ante la autoridad correspondiente a su domicilio fiscal. Artículo 215, fracción I, del Reglamento de la Ley del ISR.
17 de octubre. Plazo para informar sobre las contraprestaciones o los donativos recibidos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto hubiera sido superior a $100,000 en septiembre de 2017.
Los contribuyentes deberán informar el monto de las contraprestaciones recibidas en efectivo, en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, si al incluir los impuestos correspondientes se supera la cantidad mencionada.
El informe a que se refiere el párrafo anterior también se presentará cuando se efectúen respecto de una misma operación uno o varios pagos en efectivo en moneda nacional o extranjera, o bien, en piezas de oro o plata, y que la suma de ellos supere $100,000, y se remitirá el informe a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se rebase el monto señalado.
Los contribuyentes que reciban contraprestaciones donde una parte sea en efectivo, en piezas de oro o de plata, y otra parte se pague con cheque, transferencias bancarias u otros instrumentos monetarios, únicamente estarán obligados a informar las operaciones cuando lo recibido por concepto de contraprestación en efectivo, en piezas de oro o de plata, exceda de $100,000 dentro de un mismo mes, sin considerar para efectos del monto precisado lo cubierto con otras formas de pago.
Esta información deberá presentarse en el programa electrónico "Declaración informativa por contraprestaciones o donativos recibidos superiores a $100,000 pesos", mediante la página del SAT ( www.sat.gob.mx ), ya que así lo indica la ficha "1/ISR Declaración informativa de operaciones superiores a $100,000", del anexo 1-A de la RMF para 2017.
Artículos 76, fracción XV, 82, fracción VII, 110, fracción VII, 118, fracción V, y 128 de la Ley del ISR, y 112 de su reglamento.
Ley del IVA
10 de octubre. Ultimo día para que los contribuyentes que transmitan documentos pendientes de cobro mediante operaciones de factoraje financiero, y que opten por considerar que las contraprestaciones correspondientes a las actividades que hayan dado lugar a la emisión de los documentos mencionados se perciben hasta que se cobren los mismos, soliciten a sus adquirentes estados de cuenta de septiembre de 2017 en los que se manifiesten los datos a que se refiere el artículo indicado en el fundamento. Artículo 1o.-C, fracción III, de la Ley del IVA.

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Vencimiento del plazo Obligación por cumplir Fundamento
31 de octubre. Plazo para que las misiones diplomáticas y los organismos internacionales presenten, por conducto de su embajada u oficina, ante la Administración General de Grandes Contribuyentes correspondiente a su domicilio fiscal, la solicitud de devolución del IVA trasladado y que hayan pagado efectivamente, relativa a septiembre de 2017. Regla 4.1.9, primer párrafo, de la RMF para 2017.
31 de octubre. Fecha límite para que las personas físicas y las morales presenten
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