Plazos que vencen para cumplir determinadas obligaciones fiscales en enero de 2006

PáginasA46-A52

A fin de que los contribuyentes cuenten con una guía que les ayude a cumplir de manera oportuna con las diversas disposiciones fiscales, a continuación se indican algunas de las que deberán presentarse durante enero de este año.

Vencimiento del plazo Obligación por cumplir Fundamento
CFF
31 de enero Plazo para que los contribuyentes que generen y emitan comprobantes fiscales digitales, distintos de los expedidos al público en general, presenten en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT), www.sat.gob.mx, la información relativa a las operaciones realizadas con dichos comprobantes en diciembre de 2005, a fin de cumplir con lo establecido en el artículo 29, fracción III, inciso c, del Código Fiscal de la Federación (CFF). Cabe destacar que de acuerdo con la regla 2.22.12 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2005-2006, los contribuyentes que derivado de sus operaciones requieran utilizar comprobantes fiscales impresos, podrán hacerlo de manera simultánea con los comprobantes fiscales digitales; en este caso, deberán incluir en su reporte la información que se indica en la regla citada.1 Artículo 29, fracción III, inciso c, del CFF, y reglas 2.22.7, primer párrafo, y 2.22.12, segundo párrafo, inciso b, de la RMF para 2005-2006.
15 y 31 de enero Fechas límite para que la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República y las entidades federativas que vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $110,000, sin incluir el IVA, remitan mediante oficio dirigido a la Administración Local de Asistencia al Contribuyente más cercana a su domicilio, las remesas de los escritos debidamente requisitados que hubieran presentado los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato. Artículo 32-D del CFF y regla 2.1.17, fracción II, de la RMF para 2005-2006.
5 y 19 de enero Plazos para que los fedatarios públicos incorporados al 'Sistema de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes a través de fedatario público por medios remotos', entreguen a la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, la información de las personas morales que hayan inscrito en el RFC los 15 días anteriores utilizando el mencionado sistema. Regla 2.3.4, antepenúltimo párrafo, de la RMF para 2005-2006.
31 de enero Fecha límite para que los impresores autorizados envíen un aviso mediante transmisión electrónica de datos por medio de la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx), en el que declaren bajo protesta de decir verdad que reúnen los requisitos para continuar imprimiendo comprobantes fiscales. Regla 2.4.8, tercer párrafo, de la RMF para 2005-2006.
31 de enero Fecha límite para que los contribuyentes autorizados a imprimir sus propios comprobantes fiscales, proporcionen a la Administración Local de Asistencia al Contribuyente o a la Administración Local de Grandes Contribuyentes, correspondiente a su domicilio fiscal, escrito libre en el que manifiesten el número de folio y serie, en su caso, de todos los comprobantes fiscales expedidos en los seis meses anteriores. Regla 2.4.24, fracción VI, de la RMF para 2005-2006.
31 de enero Fecha límite para que los contribuyentes autorizados a imprimir sus propios comprobantes, presenten un aviso por escrito o mediante transmisión electrónica de datos por medio de la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx), en el que bajo protesta de decir verdad declaren que reúnen los requisitos actuales para continuar autorizados. La autorización continuará vigente siempre que el aviso se presente en tiempo y forma, y permanezcan los supuestos conforme a los cuales se otorgó la misma. Regla 2.4.24, segundo párrafo, de la RMF para 2005-2006.

Vencimiento del plazo Obligación por cumplir Fundamento
LISR
13 de enero Fecha límite para que las empresas integradoras que realicen operaciones a nombre y por cuenta de sus integradas, proporcionen a cada una de éstas la relación de las operaciones y erogaciones que por ellas hayan efectuado, correspondientes a diciembre de 2005. Artículo 84, penúltimo párrafo, de la Ley del ISR.
6 de enero Plazo para que los fabricantes, los importadores o las empresas desarrolladoras de sistemas, de máquinas registradoras de comprobación fiscal, y equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal, proporcionen la información relacionada con las enajenaciones efectuadas en diciembre de 2005, mediante la página electrónica de Internet del SAT. Asimismo, deberán presentar la información que los centros de servicio autorizados les proporcionen cuando los contribuyentes soliciten reparación o mantenimiento de dichos equipos o sistemas.2 Artículos 174, fracción V, y 178, penúltimo párrafo, del Reglamento de la Ley del ISR.
10 de enero Plazo para que las personas físicas que hubieran enajenado acciones en diciembre de 2005, y que opten por dictaminar esta operación por contador público registrado, a fin de que el adquirente efectúe una retención menor al 20% sobre el monto total de la misma, presenten el aviso respectivo ante la autoridad fiscal correspondiente a su domicilio fiscal. Artículo 204, fracción I, del Reglamento de la Ley del ISR.
31 de enero Plazo para que los empleadores proporcionen a las personas que les hayan prestado servicios personales subordinados, constancia de remuneraciones cubiertas, de retenciones efectuadas y del monto del impuesto local a los ingresos por salarios que les hubieran deducido en el año de calendario inmediato anterior. Artículo 118, fracción III, segundo párrafo, de la Ley del ISR.
31 de enero Plazo para que las instituciones fiduciarias que realicen operaciones en fideicomiso, por las que se otorgue el uso o goce temporal de bienes inmuebles, proporcionen a quienes correspondan los rendimientos, constancia de los mismos, así como de los pagos provisionales efectuados y de las deducciones, relativos al ejercicio fiscal de 2005. Artículo 144, último párrafo, de la Ley del ISR.
31 de enero Fecha límite para que los contribuyentes que realicen retenciones en términos de los artículos 127, último párrafo, 143, penúltimo párrafo, y 170, tercer párrafo, de la Ley del ISR (servicios profesionales, arrendamiento y demás ingresos de las personas físicas), y que hayan optado por expedir anualmente constancia por cada tipo de ingresos, proporcionen la que contenga el total de las retenciones efectuadas durante el año de calendario inmediato anterior. Artículo 219 del Reglamento de la Ley del ISR.
31 de enero Plazo para que los residentes en México emitan en forma trimestral a cada uno de los residentes en el extranjero que les hayan prestado servicios personales subordinados en sus instalaciones, constancia en la que se indiquen los datos a que se refiere el registro descrito en la fracción I del artículo señalado en el fundamento, así como el número de días laborados, para efectos de acreditar que la estancia del residente en el extranjero, que presta un servicio personal subordinado en territorio nacional, fue menor de 183 días naturales, consecutivos o no, en un periodo de 12 meses. Artículo 252, primer párrafo, fracción II, del Reglamento de la Ley del ISR.
31 de enero Plazo para que los fondos de inversión y las personas morales del extranjero, inscritas en las secciones 2 y 3, respectivamente, del Libro II, en las que participen fondos de pensiones y jubilaciones del extranjero, soliciten renovar su inscripción en el registro de bancos, entidades de financiamiento, fondos de pensiones y jubilaciones y fondos de inversión en el extranjero. Regla 3.21.6, segundo párrafo, de la RMF para 2005-2006.

Vencimiento del plazo Obligación por cumplir Fundamento
20 de enero Plazos para que los contribuyentes residentes en el país que realicen pagos por concepto
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR