¿En qué plazo prescribe el pago del finiquito a los beneficiarios por muerte del trabajador derivada de un riesgo de trabajo?

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¿En qué plazo prescribe el
pago del finiquito a los bene-
ficiarios por muerte del traba-
jador derivada de un riesgo de
trabajo?
Laboro como auxiliar admi-
nistrativo del área de recursos
humanos en una empresa que
se dedica a la comercialización
de vinos y licores. Hace aproxi-
madamente un año y medio, un
trabajador sufrió un accidente
de trabajo que le ocasionó la
muerte. Una semana después,
la viuda envió por correo elec-
trónico a la empresa la copia del
acta de defunción y nos solicitó
el pago del finiquito; al respecto,
le indicamos que para poder
pagarle el finiquito del trabajador
fallecido debía presentarse en el
domicilio de la empresa; no obs-
tante, debido a diversos proble-
mas de salud ella no se presentó
en la oficina por el pago corres-
pondiente. En días pasados, se
comunicó con nosotros para
preguntarnos si aún podemos
pagarle el finiquito; sin embargo,
tengo duda si el pago todavía
procede o ya prescribió.
Lector de León, Guanajuato
II. Las acciones de los benefi-
ciarios en los casos de muerte
por riesgos de trabajo;
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Conforme a este mismo artículo, la
prescripción corre, respectivamente,
desde el momento en que se determi-
ne el grado de la incapacidad para el
trabajo; desde la fecha de la muerte
del trabajador, y desde el día siguien-
te a aquel en que hubiese quedado
notificada la sentencia o aprobado
el convenio. Cuando la sentencia
imponga la obligación de reinstalar, el
patrón podrá solicitar al tribunal que
fije al trabajador un término no mayor
de 30 días para que regrese al trabajo,
apercibiéndolo que de no hacerlo,
el patrón podrá dar por terminada la
relación de trabajo.
Según lo anterior, prescriben en dos
años las acciones (en este supues-
to, el finiquito) de los beneficiarios
cuando se trate de muerte por riesgo
de trabajo; en este caso, la prescrip-
ción correrá a partir de la fecha de la
muerte del trabajador, y debido a que
el lapso de tiempo aún no transcurre,
el patrón está obligado a realizar el
pago a la beneficiaria.
¿En qué plazo prescribe el pago
del finiquito a los beneficiarios por
muerte del trabajador derivada de
un riesgo de trabajo?
En dos años, por lo siguiente:
El artículo 519, fracción II, de la LFT
establece lo siguiente:
519. Prescriben en dos años:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
C13
1a. quincena
diciembre 2021
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